Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 1250/2001 de 29 de Enero de 2004
- Orden: Administrativo
- Fecha: 29 de Enero de 2004
- Tribunal: Audiencia Nacional
- Ponente: Cordoba Castroverde, Maria De La Esperanza
- Núm. Sentencia: S/S
- Núm. Recurso: 1250/2001
- Núm. Cendoj: 28079230022004100111
- Núm. Ecli: ES:AN:2004:571
La AN confirma la resolución que anuló las liquidaciones derivadas de las Actas de Disconformidad incoadas a los interesados por el concepto de IRPF en lo referente a los intereses de demora. Entiende la Sala que la doble compraventa realizada, de los interesados debe calificarse en su conjunto como un negocio simulado, que encubre una única operación de compraventa al contado de las acciones entre los hoy recurrentes y la entidad inglesa. En efecto los datos obrantes en el expediente conducen a la Sala a considerar que el contrato suscrito entre los hoy recurrentes y la entidad inglesa debe ser calificado como auténtico contrato de compraventa de las acciones de la sociedad propiedad de los mismos, contrato posteriormente modificado en alguno de sus elementos, y no como promesa de venta, por ser en dicha fecha cuando se produce la perfección del contrato por el concurso de voluntades respecto de la cosa objeto del contrato y el precio.
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