Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 1334/2001 de 29 de Enero de 2004
- Orden: Administrativo
- Fecha: 29 de Enero de 2004
- Tribunal: Audiencia Nacional
- Ponente: Salvo Tambo, Maria Asuncion
- Núm. Sentencia: S/S
- Núm. Recurso: 1334/2001
- Núm. Cendoj: 28079230022004100049
- Núm. Ecli: ES:AN:2004:574
La AN confirma la resolución que desestimó la reclamación promovida por la sociedad actora y confirmó la liquidación impugnada del Impuesto sobre Sociedades. Entiende la Sala que mientras en la caducidad del procedimiento se pone término al mismo al dictarse la resolución expresa de declaración de caducidad, por el contrario, en la caducidad del plazo para dictar resolución expresa, no se produce terminación del procedimiento como consecuencia del archivo de las actuaciones, entrando en juego el régimen de los actos presuntos; régimen que en los procedimientos de comprobación e investigación tributarias se ha de entender no pueden tener virtualidad, dado el fundamento y características de las actuaciones inspectoras, cuya realidad o existencia, así como su resultado, no pueden ser objeto de un acto presunto. Por otra parte, la comunicación tachada de insuficiente, por la demandante, especifica los ejercicios a inspeccionar con indicación expresa de la ampliación a todos los conceptos tributarios.
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