Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 511/2001 de 04 de Diciembre de 2003
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Orden: Administrativo
Fecha: 04 de Diciembre de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: TRILLO TORRES, RAMON
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130012003100297
Resumen
El TS declara que la competencia para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad recurrente, contra la resolución, dictada por la Dirección General de Puertos y Transportes del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, de la Generalidad de Cataluña, por el que se desestima el recurso formulado contra resolución del Servicio Territorial en Girona, que impuso una multa, corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Cataluña. Manifiesta la Sala que la cuestión ha sido ya resuelta por esta Sala, en casos en que la decisión administrativa impugnada se adoptó por Órganos de una Comunidad Autónoma aplicando normas de derecho estatal y autonómico, significándose por esta Sala que, la opción que el art. 14-1 regla 2ª reconoce al demandante en relación con los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo competentes, - y ello aunque en la demanda se invoquen solo normas estatales -, pues cuando, como es el caso, el órgano que dictó el acto impugnado se incardina en una C.A., hay siempre aspectos regulados por la normativa autonómica, señaladamente referentes a la competencia y posiblemente a otros procedimentales, que potencialmente pueden ser objeto del pleito, a la vista de la postura que adopten las partes en el acto del juicio, si se sigue el trámite del proceso abreviado, según acontece en el caso que ahora se resuelve. En definitiva, la opción del fuero electivo solo opera en el ámbito de cada Comunidad Autónoma. Es decir, se trata de un fuero electivo que tiene su aplicación dentro del ámbito territorial de competencia de un solo Tribunal Superior de Justicia. Pues bien, esta jurisprudencia surgida a propósito de la competencia territorial de los Juzgados es aplicable, por identidad de razón, cuando -como aquí ocurre- se trata de discernir la Sala de lo Contencioso-Administrativo territorialmente competente para conocer de un recurso interpuesto contra un acto sancionador que emana de la Administración de una Comunidad Autónoma y el recurrente tiene su domicilio fuera de la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia correspondiente a aquél.
Voces
Cuestión de competencia
Transporte terrestre
Puertos
Obras públicas
Ordenación de transporte terrestre
Competencia territorial
Ordenación del tráfico
Jurisdicción contencioso-administrativa
Falta de competencia
Objeto del recurso contencioso-administrativo
Sanciones administrativas
Circulación de vehículos
Competencia objetiva
Voluntad
Encabezamiento
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