Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci... 08 de Marzo de 2005
Sentencia Administrativo ...zo de 2005

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 2220/2000 de 08 de Marzo de 2005

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Orden: Administrativo

Fecha: 08 de Marzo de 2005

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: FERNANDEZ MONTALVO, RAFAEL

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 2220/2000

Núm. Cendoj: 28079130022005100107

Resumen
El TS confirma la sentencia que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por la sociedad actora, anula la resolución impugnada que declaró correcta la compensación acordada de las devoluciones reconocidas a la sociedad por IVA, con respecto a retención por rendimientos del capital mobiliario en el IRPF, declarando en su lugar el derecho de la actora a la devolución de la cantidad compensada más los intereses legales. Manifiesta la Sala que cierto que las reglas de preferencia otorgaban prioridad al procedimiento concursal, al haberse decretado la admisión a trámite de la suspensión de pagos antes de que se iniciase formalmente el procedimiento de apremio, pero tal circunstancia no significa que la Administración tributaria no pudiera iniciar el procedimiento de apremio y continuarlo hasta trabar embargo sobre determinados bienes de la entidad suspensa, porque con ello no se rebasan los límites de la actuación administrativa impuesta por la concurrencia de los procedimientos. Mas, en el presente recurso, el crédito de la Hacienda Pública se concreta en una retención que, con respecto a las cantidades que tienen derecho a cobrar los accionistas, opera también como una compensación parcial, puesto que la sociedad retenedora detrae su importe del que debe entregarles a aquéllos. Por consiguiente, no se computa en la masa de acreedores, porque no pertenece a la suspensa desde el momento mismo del devengo y es posible la compensación respecto del crédito derivado de la obligación que tiene la sociedad como retenedora. La sentencia de instancia ha tenido en cuenta el procedimiento judicial de suspensión de pagos que ha de primar sobre las actuaciones posteriores de la Administración tributaria, por lo que la actuación de la Administración no estaba ajustada, en el presente supuesto, a derecho.

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Voces

Suspensión de pagos

Rendimientos de capital mobiliario

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Devolución IVA

Procedimiento de apremio

Deuda tributaria

Realización forzosa

Liquidación provisional del impuesto

Impuesto sobre el Valor Añadido

Actos firmes

Compensación de deudas

Abstención

Administración Tributaria del Estado

Distribución de beneficios

Buena fe

Retenciones sobre rendimientos de capital mobiliario

Proceso de ejecución

Deuda de dinero

Derecho de crédito

Obligado tributario

Dies a quo

Actuación administrativa

Providencia de apremio

Actos declarativos de derechos

Reconocimiento de crédito

Intereses de demora

Equidad

Seguridad jurídica

Fondo del asunto

Intereses legales

Interés legal del dinero