Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 4409/1999 de 21 de Mayo de 2004
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Orden: Administrativo
Fecha: 21 de Mayo de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: ROUANET MOSCARDO, JAIME
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130022004100158
Resumen
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la sociedad recurrente, contra la sentencia que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la sociedad, contra el Acuerdo por el que se había desestimado el recurso de alzada deducido contra la resolución denegatoria de la reclamación formalizada contra la resolución denegatoria de la solicitud de devolución del IVA, repercutido, en la facturación de los suministros efectuados al Ministerio de Defensa de material de uso específicamente militar. Entiende la Sala que la sentencia de instancia, a pesar de la referencia que hace a la dudosa consideración de los uniformes suministrados por la recurrente al Ministerio de Defensa como integrantes del material de uso específicamente militar comprendido en las descripciones de las Leyes, 44/1982 y 6/1987, resulta ser, en definitiva, y en contra de lo que se le imputa, completa, congruente y clara, al resolver lo que es el problema central y básico objeto realmente de controversia, pues no es a la esencia del caso, en modo alguno, el que los uniformes de uso militar que la recurrente fabrica y suministra tengan o no la consideración de material de uso específicamente militar, puesto que, amén del carácter de "motivo" adicional justificativo del tenor de la solución a adoptar (más que de verdadera sustantiva "cuestión nueva") que tal secundario problema constituye, en ningún caso tales uniformes, vendrían a conformar mercancías importadas (que es a las que únicamente se aplica la exención del IVA). No resulta plenamente adecuado a derecho el aducir que quien tuvo que pedir el recibimiento a prueba era la Administración, cuando lo pertinente era que la recurrente, a la vista de los problemas que podían derivarse, directa o indirectamente, de los hechos plasmados o susceptibles de ser presentidos en el expediente, fuera la que, en su escrito de demanda, hubiera instado, incluso ad cautelam, el recibimiento a prueba.
Voces
Importaciones de bienes
Impuesto sobre el Valor Añadido
Actividades empresariales
Diligencia de ordenación
Reformatio in peius
Exención del IVA
Entrega de bienes
Práctica de la prueba
Principio de igualdad
Indefensión
Recibimiento del pleito a prueba
Devolución de ingresos indebidos
Derecho a la tutela judicial efectiva
Error de hecho
Mercancías
Voluntad
Devolución IVA
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintiuno de Mayo de dos mil cuatro.
Visto el presente recurso de casación interpuesto por LORCA INDUSTRIAL S.A., representada por la Procuradora Doña …
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