Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci... 15 de Marzo de 2006
Sentencia Administrativo ...zo de 2006

Última revisión
15/03/2006

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 534/2000 de 15 de Marzo de 2006

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Administrativo

Fecha: 15 de Marzo de 2006

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTINEZ MICO, JUAN GONZALO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 534/2000

Núm. Cendoj: 28079130022006100214

Núm. Ecli: ES:TS:2006:2018

Resumen
No cabrán devoluciones en todos aquellos casos en que el ingreso se haya producido en virtud de un acto o liquidación que sean firmes y consentidos, por cuanto la firmeza excluye cualquier pretensión de devolución, incluso cuando aquellos actos se hubieran dictado en aplicación de una norma anulada: así lo ha declarado el Tribunal Constitucional en la referida sentencia de 20 febrero 1989 y así viene previsto por el art. 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo para la anulación de disposiciones de carácter general, que se equipara a la derogación, sin perjuicio de subsistir los actos firmes dictados en aplicación de la disposición anulada.

Voces

Aduanas

Revisión de oficio

Nulidad de pleno derecho

Vicio de nulidad

Incompetencia manifiesta

Importaciones de bienes

Actos nulos

Seguridad jurídica

Actuación administrativa

Iniciación de oficio

Colegiado

Actos firmes

Imprescriptibilidad

Ex tunc

Devolución de ingresos indebidos

Impuestos especiales

Declaración de nulidad de pleno derecho

Error de hecho