Sentencia Administrativo ...io de 2003

Última revisión
09/07/2003

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 9945/1997 de 09 de Julio de 2003

Tiempo de lectura: 7 min

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Orden: Administrativo

Fecha: 09 de Julio de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: CID FONTAN, FERNANDO

Nº de sentencia: S/S

Núm. Cendoj: 28079130032003100492

Núm. Ecli: ES:TS:2003:4869

Resumen
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la entidad recurrente. Manifiesta la Sala que el recurrente en la exposición de su crítica a la sentencia de instancia no hace ninguna crítica encaminada a rebatir la motivación única decisoria de la misma, cual es que el Nombre Comercial "OSABA" ha sido divulgado en España con anterioridad a las marcas "SABA", hecho que además resulta probado en autos, limitándose a criticar la sentencia por no haber cumplido lo dispuesto en el art. 12.1 a), art. 13 c) y art. 81 de la Ley de Marcas, que considera infringidos por indebida aplicación de los mismos, cuando la sentencia no se refiere para nada a dichos artículos ni "por activa ni por pasiva", es evidente que la sentencia de instancia sólo puede infringir dichos artículos a lo sumo por omisión, y en tal caso, el recurrente tenía que hacer una crítica de la misma alegando en primer lugar incongruencia omisiva al amparo del Art. 95.1.3º de la Ley Jurisdiccional, para luego criticarla por la no aplicación de tales preceptos, mas dado que lo que hace en el único motivo expuesto es dejar viva e intacta lo que constituye la "ratio decidendi" de la sentencia, es evidente que el recurso de casación no puede prosperar.

Voces

Nombre comercial

Registro de la Propiedad Industrial

Marca internacional

Impugnación de la sentencia

Incongruencia omisiva

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a nueve de Julio de dos mil tres.

En el recurso de casación nº 9945/1997, interpuesto por el Procurador D. Eduardo Codes Feijoo, con la asistencia de …