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Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 131/1999 de 15 de Abril de 2003
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Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 15 de Abril de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MARTI GARCIA, ANTONIO
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130042003100036
Núm. Ecli: ES:TS:2003:2690
Resumen
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por los recurrentes. Manifiesta la Sala que si los recurrentes han constituido una sociedad civil, que conforme al art. 1665 del CC, "es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria con ánimo de partir entre sí las ganancias", esto es, con ánimo lucro o fines lucrativos, es claro que no cabe apreciar infracción de lo dispuesto en los artículos 1 y 11 del RD 735/1995, de 5 de mayo, pues tales preceptos solo autorizan, como agencias de colocación a las personas o entidades que actúen sin fines lucrativos, y, una sociedad civil según el CC ha de tener ánimo de lucro, en los términos citados. Y en nada obsta a lo anterior, el que se alegue que la percepción de los socios de la remuneración que corresponda por su trabajo personal es compatible con la carencia de fines lucrativos.
Voces
Ánimo de lucro
Fondo del asunto
Contraprestación
Denegación por silencio
Silencio administrativo
Renuncia de derechos
Daños y perjuicios
Libertad de pactos
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a quince de Abril de dos mil tres.
Visto por la Sección Cuarta de la Sala Tercera, compuesta por los Excmos. Sres. Magistrados citados del margen, el …
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