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Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 6, Rec 7241/1999 de 23 de Febrero de 2004
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Orden: Administrativo
Fecha: 23 de Febrero de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: LECUMBERRI MARTI, ENRIQUE
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130062004100726
Núm. Ecli: ES:TS:2004:1134
Resumen
El TS confirma la sentencia estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación de Apoyo a los Guardias civiles, anuló el acto recurrido, reconociendo el derecho de inscripción a la Asociación recurrente. Entiende la Sala que los miembros de la Guardia Civil, por su condición de militares, están sujetos al régimen general de derechos y obligaciones del personal de las Fuerzas Armadas, a las leyes penales y disciplinarias, así como a su normativa específica; por ello, no podrán pertenecer a partidos políticos o sindicatos, ni hacer peticiones colectivas, ni ejercitar el derecho de sindicación, ni participar en sindicatos o asociaciones reivindicativas; ahora bien, el hecho de que por nuestro Ordenamiento Jurídico se prohíba a este colectivo el derecho de sindicación, no empece, sin embargo, que al amparo del art. 2, de la Ley 191/1964, de 24 de diciembre, puedan asociarse libremente, siempre y cuando no se persiga una finalidad reivindicativa.
Voces
Representación procesal
Inscripción registral
Relación de causalidad
Escrito de interposición
Partido político
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintitrés de Febrero de dos mil cuatro.
Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sección Sexta, constituida por los señores arriba anotados, el …
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