Sentencia Administrativo ...yo de 2004

Última revisión
24/05/2004

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 1040/1999 de 24 de Mayo de 2004

Tiempo de lectura: 16 min

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Orden: Administrativo

Fecha: 24 de Mayo de 2004

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MURILLO DE LA CUEVA, PABLO MARIA LUCAS

Nº de sentencia: S/S

Núm. Cendoj: 28079130072004100255

Resumen
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento recurrente contra la sentencia que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente contra Resolución denegatoria tácita por silencio administrativo del Ayuntamiento, de la petición formulada sobre reconocimiento por la Corporación del contrato formalizado, para la realización del servicio de Enseñanza Musical, que debe considerarse vigente en la actualidad por haberse prorrogado tácitamente al no existir denuncia de ninguna de las partes; acto que queda anulado y declara vigente el contrato por prórroga hasta su extinción, debiendo abonar el Ayuntamiento a la recurrente la cantidad estipulada como precio más los intereses legales de dicha cantidad hasta su efectivo. Entiende la Sala que se acepta que existía un contrato, que la Corporación Municipal tenía un "deber de preaviso" y que lo incumplió, si bien eso se debiera a que creyera que se había extinguido y no tuviera propósito de causar perjuicios a la Asociación Musical. Además, en la instancia no invocó los preceptos del Código Civil que ahora considera infringidos por la Sentencia, pues entonces se limitó a decir en la contestación a la demanda que no estaba justificada documentalmente la reclamación económica de la entonces actora y, en conclusiones, que pretendía percibir la retribución de unos servicios que no se habían prestado. En realidad, tratándose del respeto a un contrato cuya vigencia afirmaba la Asociación y cuyo incumplimiento atribuía al Ayuntamiento al que, por esa razón, reclamaba el pago de lo convenido, era a la Corporación Municipal a la que correspondía plantear en aquél momento la cuestión de la entidad real del perjuicio que se le imputaba. No lo hizo así y por eso no puede pretender ahora la casación de la Sentencia que resolvió el pleito dentro de las pretensiones que formularon las partes y entendió que el Ayuntamiento había incumplido un contrato vigente.

Voces

Intereses legales

Interés legal del dinero

Prestación de servicios

Contratos administrativos

Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública

Administración local

Elecciones locales

Anulación de los actos administrativos

Contraprestación

Responsabilidad

Daños y perjuicios

Lucro cesante

Falta de legitimación pasiva

Carga de la prueba

Objeto del recurso contencioso-administrativo

Silencio administrativo

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Mayo de dos mil cuatro.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Séptima por …

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