Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci... 19 de Julio de 2004
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 4172/1999 de 19 de Julio de 2004
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 19 de Julio de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MURILLO DE LA CUEVA, PABLO MARIA LUCAS
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 4172/1999
Núm. Cendoj: 28079130072004100483
Resumen
El TS desestima el recurso de casación, interpuesto por la Comunidad Foral recurrente, contra la sentencia que estimando el recurso contencioso-administrativo, anula la Resolución de la Administración autonómica impugnada, ordenando el archivo del expediente iniciado y declara el derecho de la mercantil actora a ser indemnizado por los perjuicios causados por las medidas cautelares en ésta última acordadas conforme a lo que se acredite en ejecución de sentencia. Entiende la Sala que la Sentencia recurrida no es incongruente pues, vistos los términos en los que se planteó el proceso, no era imprescindible que se hiciera eco de los argumentos que la Comunidad Foral adujo en la contestación a la demanda sobre la inexistencia de perjuicios y sobre la naturaleza de las medidas provisionales impuestas por la resolución. Así, la Sala de instancia falla considerando caducado el procedimiento y sin efecto ex tunc las medidas en cuestión. Que su puesta en práctica ha de incidir en la mercantil, es evidente, dado que suponían la contratación de nuevo personal, la suspensión de la actualización del módulo económico de internado para 1994, además de la constitución de un Consejo de Participación. Ciertamente, la Comunidad Foral dice que lo primero era una obligación de la empresa y lo segundo no tenía que suponer necesariamente el incremento del módulo en cuestión, mientras que la mercantil aduce lo contrario y subraya la satisfacción de los ingresados en el Centro "Infanta Elena" por el trato que reciben. Ahora bien, estas son cuestiones que tienen que ver con el cumplimiento del concierto y la Sala no entra en ello porque lo que se le ha planteado es si el expediente ha caducado o no. Por tanto, una vez resuelto que, efectivamente, caducó, tales medidas, cuyos efectos son manifiestos, quedan sin sustento y la consecuencia obligada es el reconocimiento del derecho de la mercantil a ser resarcida de los menoscabos económicos causados por las mismas, cuya magnitud se precisará en la ejecución de la Sentencia.
Voces
Caducidad
Medidas provisionales
Actuación administrativa
Ex tunc
Anulación de la sentencia
Procedimiento sancionador
Incongruencia omisiva
Ejecución de sentencia
Daños y perjuicios
Seguridad jurídica
Responsabilidad
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder