Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Re...de Diciembre de 2010
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Última revisión
21/12/2010

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 1173/2009 de 21 de Diciembre de 2010

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Orden: Administrativo

Fecha: 21 de Diciembre de 2010

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTI GARCIA, ANTONIO

Nº de sentencia: /

Nº de recurso: 1173/2009

Núm. Cendoj: 28079130042010100695

Resumen
Se declara haber lugar a los recursos de casación interpuestos contra sentencia estimatoria de la Sección 3 de la Sala de lo contencioso-administrativo del TSJ de Andalucía, sede en Sevilla, sobre derecho a la objeción de conciencia sobre la asignatura de Educación para la Ciudadanía. La Sala declara que la actividad del Estado en materia educativa es obligada, que su intervención no se limita a asegurar la transmisión del conocimiento del entramado institucional del estado, sino también alcanza a ofrecer información sobre los valores necesarios para el buen funcionamiento del sistema democrático y esa función estatal comprende tanto la enseñanza pública como la privada. En todo caso, la compatibilidad de esta actividad con el Derecho a la libertad ideológica y religiosa, se encuentra en que la enseñanza del pluralismo que transmita la realidad social de concepciones diferentes ha de hacerse con neutralidad y sin adoctrinamiento. De este modo, el deber jurídico de cursar la materia Educación para la Ciudadanía es un deber válido.

Voces

Objeción de conciencia

Centro docente

Ciudadanos

Interés publico

Deber jurídico

Constitucionalidad

Actuación administrativa