Última revisión
16/11/2006
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Rec 10220/2004 de 16 de Noviembre de 2006
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Orden: Administrativo
Fecha: 16 de Noviembre de 2006
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: DE ORO-PULIDO LOPEZ, MARIANO
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Noviembre de dos mil seis.
Antecedentes
PRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales Doña. Iciar de la Peña Argacha, en nombre y representación de la compañía mercantil "Refractarios Kelsen SA", se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 27 de septiembre de 2004, dictada por la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal superior de justicia del País Vasco en el recurso nº 2358/2001 por la que se desestimó el recurso interpuesto por la entidad hoy recurrente en casación contra el Acuerdo del Tribunal Económico-administrativo Foral de Guipúzcoa de 17 de septiembre de 2001 en relación con la liquidación por el impuesto de Sociedades del ejercicio 1992.
SEGUNDO.- Por providencia de 13 de junio de 2006 se acordó conceder a las partes el plazo común de diez días para que formularan alegaciones sobre la posible causa de inadmisión del recurso consistente en no haberse justificado en el escrito de preparación del recurso que la infracción de una norma estatal o comunitaria europea ha sido relevante y determinante del fallo de la Sentencia impugnada (artículo 89.2 L.RJC.A .).
Trámite que ha sido evacuado por ambas partes.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D Mariano de Oro-Pulido y López magistrado de la Sala
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Noviembre de dos mil seis.
PRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales Doña. Iciar de la Peña Argacha, en nombre y representación de la compañía mercantil "Refractarios Kelsen SA", se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 27 de septiembre de 2004, dictada por la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal superior de justicia del País Vasco en el recurso nº 2358/2001 por la que se desestimó el recurso interpuesto por la entidad hoy recurrente en casación contra el Acuerdo del Tribunal Económico-administrativo Foral de Guipúzcoa de 17 de septiembre de 2001 en relación con la liquidación por el impuesto de Sociedades del ejercicio 1992.
SEGUNDO.- Por providencia de 13 de junio de 2006 se acordó conceder a las partes el plazo común de diez días para que formularan alegaciones sobre la posible causa de inadmisión del recurso consistente en no haberse justificado en el escrito de preparación del recurso que la infracción de una norma estatal o comunitaria europea ha sido relevante y determinante del fallo de la Sentencia impugnada (artículo 89.2 L.RJC.A .).
Trámite que ha sido evacuado por ambas partes.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D Mariano de Oro-Pulido y López magistrado de la Sala
Declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la compañía mercantil "Refractarios Kelsen SA" contra la sentencia de 27 de septiembre de 2004, dictada por la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal superior de justicia del País Vasco en el recurso nº 2358/2001, resolución que se declara firme; con imposición al recurrente de las costas procesales causadas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
Fallo
Declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la compañía mercantil "Refractarios Kelsen SA" contra la sentencia de 27 de septiembre de 2004, dictada por la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal superior de justicia del País Vasco en el recurso nº 2358/2001, resolución que se declara firme; con imposición al recurrente de las costas procesales causadas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
