Última revisión
19/05/2005
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Rec 223/2004 de 19 de Mayo de 2005
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Orden: Administrativo
Fecha: 19 de Mayo de 2005
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: DE ORO-PULIDO LOPEZ, MARIANO
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a diecinueve de Mayo de dos mil cinco.
Antecedentes
PRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales, Dª. Pilar Crespo Núñez, en nombre y representación de la mercantil "Profesionales de la Distribución, S.A." , se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 13 de noviembre de 2003, de la Sala de lo contencioso administrativo de la audiencia Nacional (sección Segunda ), dictada en el recurso número 625/01, sobre liquidación practicada por el concepto de impuesto sobre Sociedades.
SEGUNDO.- Por providencia de 15 de marzo de 2005, se puso de manifiesto a las partes para alegaciones, por plazo común de diez días, la posible concurrencia de la causa de inadmisión del recurso siguiente: estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 25 millones de pesetas, pues aunque la cuantía quedó fijada en la instancia como indeterminada , sin embargo es estimable, y habiéndose producido en vía administrativa una acumulación de pretensiones, ninguna de las pretensiones acumuladas excede de 25 millones de pesetas ( artículos 41.3 , 42.1.a) y 86.2.b) de la LRJCA ); trámite que ha sido evacuado por ambas partes personadas.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López de la Sala
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a diecinueve de Mayo de dos mil cinco.
PRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales, Dª. Pilar Crespo Núñez, en nombre y representación de la mercantil "Profesionales de la Distribución, S.A." , se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 13 de noviembre de 2003, de la Sala de lo contencioso administrativo de la audiencia Nacional (sección Segunda ), dictada en el recurso número 625/01, sobre liquidación practicada por el concepto de impuesto sobre Sociedades.
SEGUNDO.- Por providencia de 15 de marzo de 2005, se puso de manifiesto a las partes para alegaciones, por plazo común de diez días, la posible concurrencia de la causa de inadmisión del recurso siguiente: estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 25 millones de pesetas, pues aunque la cuantía quedó fijada en la instancia como indeterminada , sin embargo es estimable, y habiéndose producido en vía administrativa una acumulación de pretensiones, ninguna de las pretensiones acumuladas excede de 25 millones de pesetas ( artículos 41.3 , 42.1.a) y 86.2.b) de la LRJCA ); trámite que ha sido evacuado por ambas partes personadas.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López de la Sala
Declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por Profesionales de la Distribución, S.A. , contra la sentencia de 13 de noviembre de 2003, de la Sala de lo contencioso administrativo de la audiencia Nacional (sección Segunda ), dictada en el recurso número 625/01, resolución que se declara firme; con imposición de las costas procesales causadas en este recurso a la parte recurrente.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
Fallo
Declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por Profesionales de la Distribución, S.A. , contra la sentencia de 13 de noviembre de 2003, de la Sala de lo contencioso administrativo de la audiencia Nacional (sección Segunda ), dictada en el recurso número 625/01, resolución que se declara firme; con imposición de las costas procesales causadas en este recurso a la parte recurrente.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

