Última revisión
06/11/2008
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Rec 5217/2007 de 06 de Noviembre de 2008
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 4 min
Orden: Administrativo
Fecha: 06 de Noviembre de 2008
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SIEIRA MIGUEZ, JOSE MANUEL
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a seis de noviembre de dos mil ocho.
Antecedentes
PRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales D.ª Eva María Escolar Escolar, en nombre y representación de D. Benito y de D.ª Carla, se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 29 de mayo de 2007, dictada por Sala de lo contencioso-administrativo (sección Novena) del Tribunal superior de justicia de Madrid en los recursos acumulados nº 28/2004 y nº 486/2004, sobre responsabilidad patrimonial sanitaria.
SEGUNDO.- Por providencia de 12 de mayo de 2008 se acordó conceder a las partes un plazo de diez días para que formularan alegaciones sobre la posible concurrencia de la causa de inadmisión siguiente:
"Estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 150.000 euros , pues, aunque ésta quedó fijada en la instancia en 151.000 euros, sin embargo, al ser dos los recurrentes, habiéndose producido una acumulación subjetiva de acciones, la cantidad reclamada por ninguno de ellos excede de 150.00 euros [artículos 41.1 y 2, 86.2.b) y 93.2 .a) de la LRJCA]".
Este trámite ha sido cumplimentado por los recurrentes , por la Letrada de la comunidad de Madrid, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, y por la Procuradora de los Tribunales D.ª María del Mar Hornero Hernández , en nombre y representación de D. Lorenzo y de D.ª Nieves .
Siendo ponente el Excmo. Sr. D José Manuel Sieira Míguez magistrado de la Sala
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a seis de noviembre de dos mil ocho.
PRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales D.ª Eva María Escolar Escolar, en nombre y representación de D. Benito y de D.ª Carla, se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 29 de mayo de 2007, dictada por Sala de lo contencioso-administrativo (sección Novena) del Tribunal superior de justicia de Madrid en los recursos acumulados nº 28/2004 y nº 486/2004, sobre responsabilidad patrimonial sanitaria.
SEGUNDO.- Por providencia de 12 de mayo de 2008 se acordó conceder a las partes un plazo de diez días para que formularan alegaciones sobre la posible concurrencia de la causa de inadmisión siguiente:
"Estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 150.000 euros , pues, aunque ésta quedó fijada en la instancia en 151.000 euros, sin embargo, al ser dos los recurrentes, habiéndose producido una acumulación subjetiva de acciones, la cantidad reclamada por ninguno de ellos excede de 150.00 euros [artículos 41.1 y 2, 86.2.b) y 93.2 .a) de la LRJCA]".
Este trámite ha sido cumplimentado por los recurrentes , por la Letrada de la comunidad de Madrid, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, y por la Procuradora de los Tribunales D.ª María del Mar Hornero Hernández , en nombre y representación de D. Lorenzo y de D.ª Nieves .
Siendo ponente el Excmo. Sr. D José Manuel Sieira Míguez magistrado de la Sala
Declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Benito y de D.ª Carla contra la sentencia de 29 de mayo de 2007, dictada por Sala de lo contencioso-administrativo (sección Novena) del Tribunal superior de justicia de Madrid en los recursos acumulados nº 28/2004 y nº 486/2004, Sentencia que se declara firme; con imposición de las costas procesales causadas en este recurso a la parte recurrente, señalándose como cantidad máxima a reclamar por la Letrada de la comunidad de Madrid en concepto de honorarios de letrado la de seiscientos (600) euros.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
Fallo
Declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Benito y de D.ª Carla contra la sentencia de 29 de mayo de 2007, dictada por Sala de lo contencioso-administrativo (sección Novena) del Tribunal superior de justicia de Madrid en los recursos acumulados nº 28/2004 y nº 486/2004, Sentencia que se declara firme; con imposición de las costas procesales causadas en este recurso a la parte recurrente, señalándose como cantidad máxima a reclamar por la Letrada de la comunidad de Madrid en concepto de honorarios de letrado la de seiscientos (600) euros.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
