Última revisión
22/12/2004
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Rec 6520/2002 de 22 de Diciembre de 2004
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 4 min
Orden: Administrativo
Fecha: 22 de Diciembre de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: DE ORO-PULIDO LOPEZ, MARIANO
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a veintidós de Diciembre de dos mil cuatro.
Antecedentes
PRIMERO.- Por el procurador de los Tribunales D. Luis Fernando Granados Bravo, en nombre y representación de "Estación de Servicio Suspiro del Moro, S.L.", se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 20 de junio de 2.002 de la Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia Nacional (sección Segunda ), dictada en el recurso nº 7/2000 , sobre liquidación practicada por el concepto de impuesto sobre Sociedades.
SEGUNDO.- En virtud de providencia de 24 de marzo de 2.004, se puso de manifiesto a las partes la posible causa de inadmisión del recurso siguiente: Estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 25 millones de pesetas, pues aunque aquella quedó fijada en la instancia en la cantidad de 68.002.065 pesetas, sin embargo habiéndose producido en vía administrativa una acumulación de pretensiones, únicamente la liquidación derivada del Acta de disconformidad nº 0095419 6 en concepto de Impuesto sobre Sociedades por importe de 39.957.726 pesetas (cuota 29.718.335 pesetas e intereses de demora 10.239.391 pesetas) es superior al umbral cuantitativo fijado por la Ley (artículos 862.b) y 42.1.a) LRJCA ); trámite que ha sido evacuado por la parte recurrente y por el abogado del estado, parte recurrida.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López de la Sala
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a veintidós de Diciembre de dos mil cuatro.
PRIMERO.- Por el procurador de los Tribunales D. Luis Fernando Granados Bravo, en nombre y representación de "Estación de Servicio Suspiro del Moro, S.L.", se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 20 de junio de 2.002 de la Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia Nacional (sección Segunda ), dictada en el recurso nº 7/2000 , sobre liquidación practicada por el concepto de impuesto sobre Sociedades.
SEGUNDO.- En virtud de providencia de 24 de marzo de 2.004, se puso de manifiesto a las partes la posible causa de inadmisión del recurso siguiente: Estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 25 millones de pesetas, pues aunque aquella quedó fijada en la instancia en la cantidad de 68.002.065 pesetas, sin embargo habiéndose producido en vía administrativa una acumulación de pretensiones, únicamente la liquidación derivada del Acta de disconformidad nº 0095419 6 en concepto de Impuesto sobre Sociedades por importe de 39.957.726 pesetas (cuota 29.718.335 pesetas e intereses de demora 10.239.391 pesetas) es superior al umbral cuantitativo fijado por la Ley (artículos 862.b) y 42.1.a) LRJCA ); trámite que ha sido evacuado por la parte recurrente y por el abogado del estado, parte recurrida.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López de la Sala
declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "Estación de Servicio Suspiro del Moro, S.L.", contra la sentencia de 20 de junio de 2.002 , de la Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia Nacional (sección Segunda), dictada en el recurso nº 7/2000 únicamente respecto a la liquidación del impuesto sobre Sociedades del ejercicio de 1991, declarando la firmeza de la Sentencia recurrida respecto de ésta y la admisión del recurso con relación a la liquidación del mismo Impuesto relativa al ejercicio de 1990; y para su sustanciación , remítanse las presentes actuaciones a la Sección Segunda de la Sala Tercera de éste Tribunal Supremo, de conformidad con las reglas de reparto de asuntos.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
Fallo
declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "Estación de Servicio Suspiro del Moro, S.L.", contra la sentencia de 20 de junio de 2.002 , de la Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia Nacional (sección Segunda), dictada en el recurso nº 7/2000 únicamente respecto a la liquidación del impuesto sobre Sociedades del ejercicio de 1991, declarando la firmeza de la Sentencia recurrida respecto de ésta y la admisión del recurso con relación a la liquidación del mismo Impuesto relativa al ejercicio de 1990; y para su sustanciación , remítanse las presentes actuaciones a la Sección Segunda de la Sala Tercera de éste Tribunal Supremo, de conformidad con las reglas de reparto de asuntos.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
