Sentencia Administrativo ...re de 2000

Última revisión
16/10/2000

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Rec 6957/1999 de 16 de Octubre de 2000

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Relacionados:

Tiempo de lectura: 2 min

Orden: Administrativo

Fecha: 16 de Octubre de 2000

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: LEDESMA BARTRET, FERNANDO

Resumen:
Cuantía. Impuesto sobre el Valor Añadido. Aplicación de las reglas de los artículo 41.3 y 42.1.a) de la LRJCA. El objeto del recurso no fue una denegación de exención. Única instancia y tutela judicial efectiva. Principio "pro actione". Régimen transitorio de recursos en la Ley 29/1998.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Octubre de dos mil.

Antecedentes

UNICO.- Por el procurador de los Tribunales D. José Luis Pinto Marabotto, en nombre y representación de la Federación de Entidades Inmobiliarias, S.A., se ha interpuesto recurso de queja contra el Auto de 16 de julio de 1999 de la Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia Nacional (sección 6ª ), por el que se acuerda no tener por preparado el recurso de casación anunciado contra la sentencia de 6 de mayo de 1999 , dictada en el recurso nº 346/96 .

Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartretmagistrado de la Sala

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Octubre de dos mil.

UNICO.- Por el procurador de los Tribunales D. José Luis Pinto Marabotto, en nombre y representación de la Federación de Entidades Inmobiliarias, S.A., se ha interpuesto recurso de queja contra el Auto de 16 de julio de 1999 de la Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia Nacional (sección 6ª ), por el que se acuerda no tener por preparado el recurso de casación anunciado contra la sentencia de 6 de mayo de 1999 , dictada en el recurso nº 346/96 .

Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartretmagistrado de la Sala

desestimar el recurso de queja nº 6957/99 interpuesto por la representación procesal de la Federación de Entidades Inmobiliarias, S.A., contra el Auto de 16 de julio de 1999 de la Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia Nacional (sección 6ª), dictado en el recurso nº 346/96 y, en consecuencia, declarar bien denegada la preparación del recurso de casación, debiendo ponerse esta resolución en conocimiento del expresado Tribunal para su constancia en los autos; sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

Fallo

desestimar el recurso de queja nº 6957/99 interpuesto por la representación procesal de la Federación de Entidades Inmobiliarias, S.A., contra el Auto de 16 de julio de 1999 de la Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia Nacional (sección 6ª), dictado en el recurso nº 346/96 y, en consecuencia, declarar bien denegada la preparación del recurso de casación, debiendo ponerse esta resolución en conocimiento del expresado Tribunal para su constancia en los autos; sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.