Última revisión
02/12/2004
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Rec 7787/2002 de 02 de Diciembre de 2004
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: Administrativo
Fecha: 02 de Diciembre de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GARCIA-RAMOS ITURRALDE, JUAN
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a dos de Diciembre de dos mil cuatro.
Antecedentes
PRIMERO.- El letrado del Servicio Andaluz de Salud interpuso recurso de casación contra la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2002, dictada por la Sala de lo contencioso administrativo (sección Primera) del Tribunal superior de justicia de Andalucía (sede Granada), en el recurso nº 1.885/1997, sobre responsabilidad patrimonial por negligencia médica.
SEGUNDO: Por providencia de 9 de junio de 2004 se acordó poner de manifiesto a las partes para alegaciones por plazo común de diez días la posible concurrencia de la causa de inadmisión del recurso siguiente: "No haberse justificado en el escrito de preparación del recurso que la infracción de una norma estatal o comunitaria europea ha sido relevante y determinante del fallo de la Sentencia ( artículo 89.2º LRJCA )"; trámite que ha sido evacuado por la parte recurrida.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Juan García-Ramos Iturralde de la Sala
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a dos de Diciembre de dos mil cuatro.
PRIMERO.- El letrado del Servicio Andaluz de Salud interpuso recurso de casación contra la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2002, dictada por la Sala de lo contencioso administrativo (sección Primera) del Tribunal superior de justicia de Andalucía (sede Granada), en el recurso nº 1.885/1997, sobre responsabilidad patrimonial por negligencia médica.
SEGUNDO: Por providencia de 9 de junio de 2004 se acordó poner de manifiesto a las partes para alegaciones por plazo común de diez días la posible concurrencia de la causa de inadmisión del recurso siguiente: "No haberse justificado en el escrito de preparación del recurso que la infracción de una norma estatal o comunitaria europea ha sido relevante y determinante del fallo de la Sentencia ( artículo 89.2º LRJCA )"; trámite que ha sido evacuado por la parte recurrida.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Juan García-Ramos Iturralde de la Sala
DECLARAR LA INADMISIÓN del recurso de casación interpuesto por el letrado del SERVICIO ANDALUZ DE SALUD contra la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2002, de la Sala de lo contencioso-administrativo (sección Primera) del Tribunal superior de justicia de Andalucía (sede Granada), dictada en el recurso núm.1.885/1997, resolución que se declara firme; con imposición de las costas procesales causadas en este recurso a la parte recurrente.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
Fallo
DECLARAR LA INADMISIÓN del recurso de casación interpuesto por el letrado del SERVICIO ANDALUZ DE SALUD contra la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2002, de la Sala de lo contencioso-administrativo (sección Primera) del Tribunal superior de justicia de Andalucía (sede Granada), dictada en el recurso núm.1.885/1997, resolución que se declara firme; con imposición de las costas procesales causadas en este recurso a la parte recurrente.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
