Última revisión
13/10/2008
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Rec 88/2008 de 13 de Octubre de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 13 de Octubre de 2008
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: TRILLO TORRES, RAMON
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a trece de Octubre de dos mil ocho.
Antecedentes
ÚNICO.- Por la Procuradora de los Tribunales Dª Paloma Vallés Tormo, en nombre y representación de D. Jose Enrique, se ha interpuesto recurso de queja contra el Auto de 9 de enero de 2008, confirmado por el de 5 de marzo siguiente, de la Sala de lo contencioso-administrativo (sección Primera) del Tribunal superior de justicia de la comunidad Valenciana, por el que se acuerda inadmitir el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra el Auto de 13 de julio de 2006, confirmado en súplica por el de 14 de mayo de 2007, dictado en ejecución de la sentencia dictada en el recurso nº 202/00.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D Ramón Trillo Torres Presidente de la Sala
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a trece de Octubre de dos mil ocho.
ÚNICO.- Por la Procuradora de los Tribunales Dª Paloma Vallés Tormo, en nombre y representación de D. Jose Enrique, se ha interpuesto recurso de queja contra el Auto de 9 de enero de 2008, confirmado por el de 5 de marzo siguiente, de la Sala de lo contencioso-administrativo (sección Primera) del Tribunal superior de justicia de la comunidad Valenciana, por el que se acuerda inadmitir el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra el Auto de 13 de julio de 2006, confirmado en súplica por el de 14 de mayo de 2007, dictado en ejecución de la sentencia dictada en el recurso nº 202/00.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D Ramón Trillo Torres Presidente de la Sala
desestimar el recurso de queja nº 88/08 interpuesto por la representación procesal de D. Jose Enrique contra el Auto de 9 de enero de 2008, confirmado por el de 5 de marzo siguiente, de la Sala de lo contencioso-administrativo (sección Primera) del Tribunal superior de justicia de la comunidad Valenciana, dictada en el recurso nº 202/00 y , en consecuencia, declarar bien inadmitido el recurso de casación para la unificación de doctrina, debiendo ponerse esta resolución en conocimiento del expresado Tribunal para su constancia en los autos; sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
Fallo
desestimar el recurso de queja nº 88/08 interpuesto por la representación procesal de D. Jose Enrique contra el Auto de 9 de enero de 2008, confirmado por el de 5 de marzo siguiente, de la Sala de lo contencioso-administrativo (sección Primera) del Tribunal superior de justicia de la comunidad Valenciana, dictada en el recurso nº 202/00 y , en consecuencia, declarar bien inadmitido el recurso de casación para la unificación de doctrina, debiendo ponerse esta resolución en conocimiento del expresado Tribunal para su constancia en los autos; sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

