Última revisión
22/03/2007
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Rec 985/2005 de 22 de Marzo de 2007
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Tiempo de lectura: 4 min
Orden: Administrativo
Fecha: 22 de Marzo de 2007
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: ENRIQUEZ SANCHO, RICARDO
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a veintidós de Marzo de dos mil siete.
Antecedentes
PRIMERO.- Por el procurador de los Tribunales D. Luis Alfaro Rodríguez, en nombre y representación de administración Financiera e Inmobiliaria , S.A. (AFISA), se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 19 de noviembre de 2.004 de la Sala de lo contencioso administrativo (sección Quinta) del Tribunal superior de justicia de Madrid, dictada en el recurso nº 482/01, sobre liquidaciones practicadas por el concepto de impuesto sobre Sociedades.
SEGUNDO.- Por Providencia de 14 de septiembre de 2006, se acordó conceder a las partes el plazo común de diez días para que pudieran formular alegaciones sobre la posible concurrencia de la causa de inadmisión del recurso siguiente: Estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 25 millones de pesetas , pues aunque la cuantía quedó fijada en la instancia en la cantidad de 45.715.971 pesetas, sin embargo habiéndose producido en vía administrativa una acumulación de pretensiones ninguna de ellas excede, según consta en el expediente Administrativo, de 25 millones de pesetas, teniendo en cuenta que el importe total de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio de 1988 asciende a la cantidad de 1.943.850 pesetas y que aunque el importe total de la liquidación por el mismo concepto correspondiente al ejercicio de 1989 asciende a la cantidad de 43.772.362 pesetas, sin embargo el débito principal de la referida liquidación asciende a la cantidad de 20.966.801 pesetas , sin que ninguno de los restantes conceptos superen la referida cantidad (artículos 86.2 .b), 42.1.a) y 41.3 LRJCA); trámite que ha sido evacuado por ambas partes.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D Ricardo Enríquez Sancho magistrado de la Sala
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a veintidós de Marzo de dos mil siete.
PRIMERO.- Por el procurador de los Tribunales D. Luis Alfaro Rodríguez, en nombre y representación de administración Financiera e Inmobiliaria , S.A. (AFISA), se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 19 de noviembre de 2.004 de la Sala de lo contencioso administrativo (sección Quinta) del Tribunal superior de justicia de Madrid, dictada en el recurso nº 482/01, sobre liquidaciones practicadas por el concepto de impuesto sobre Sociedades.
SEGUNDO.- Por Providencia de 14 de septiembre de 2006, se acordó conceder a las partes el plazo común de diez días para que pudieran formular alegaciones sobre la posible concurrencia de la causa de inadmisión del recurso siguiente: Estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 25 millones de pesetas , pues aunque la cuantía quedó fijada en la instancia en la cantidad de 45.715.971 pesetas, sin embargo habiéndose producido en vía administrativa una acumulación de pretensiones ninguna de ellas excede, según consta en el expediente Administrativo, de 25 millones de pesetas, teniendo en cuenta que el importe total de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio de 1988 asciende a la cantidad de 1.943.850 pesetas y que aunque el importe total de la liquidación por el mismo concepto correspondiente al ejercicio de 1989 asciende a la cantidad de 43.772.362 pesetas, sin embargo el débito principal de la referida liquidación asciende a la cantidad de 20.966.801 pesetas , sin que ninguno de los restantes conceptos superen la referida cantidad (artículos 86.2 .b), 42.1.a) y 41.3 LRJCA); trámite que ha sido evacuado por ambas partes.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D Ricardo Enríquez Sancho magistrado de la Sala
Declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad administración Financiera e Inmobiliaria, S.A. (AFISA) contra la sentencia de 19 de noviembre de 2.004 de la Sala de lo contencioso administrativo (sección Quinta) del Tribunal superior de justicia de Madrid, dictada en el recurso nº 482/01, resolución que se declara firme; con imposición al recurrente de las costas procesales causadas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
Fallo
Declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad administración Financiera e Inmobiliaria, S.A. (AFISA) contra la sentencia de 19 de noviembre de 2.004 de la Sala de lo contencioso administrativo (sección Quinta) del Tribunal superior de justicia de Madrid, dictada en el recurso nº 482/01, resolución que se declara firme; con imposición al recurrente de las costas procesales causadas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
