Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Re...e Septiembre de 2010
Última revisión
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 69/2010 de 30 de Septiembre de 2010
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 30 de Septiembre de 2010
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GONZALEZ RIVAS, JUAN JOSE
Nº de recurso: 69/2010
Núm. Cendoj: 28079130012010100095
Núm. Ecli: ES:TS:2010:5207
Resumen
Se resuelve una cuestión de competencia negativa, entre un Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo y la Sala de lo Contencioso Administrativo de un Tribunal Superior de Justicia para conocer de un recurso contra acto de la Secretaría de Estado para la Administración Pública que declara inadmisible el recurso de alzada interpuesto contra resolución de Dirección General para la Función Pública. La Sala declara que como quiera que la actuación originariamente impugnada resulta claramente catalogable como cuestión de personal y procede de la Dirección General de la Función Pública, órgano de la Administración General del Estado cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional y con nivel orgánico inferior al de Ministro o Secretario de Estado, es evidente que la competencia ha de corresponder a la Sala de esta Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ex artículo 10.1.i ), en relación con los artículos 9.c) y 13 . a) y c) LRJCA, ante la que el recurrente interpuso el recurso, ejercitando, así, la opción prevenida en el art. 14.1, regla 2ª, de la propia Ley.
Voces
Funcionarios públicos
Cuestión de competencia
Competencia territorial
Expropiación forzosa
Jurisdicción contencioso-administrativa
Determinación de los órganos jurisdiccionales
Recursos administrativos
Falta de competencia
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder