Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Re...4 de Febrero de 2011
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Última revisión
19/01/2012

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 4164/2006 de 24 de Febrero de 2011

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Orden: Administrativo

Fecha: 24 de Febrero de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTIN TIMON, MANUEL

Nº de recurso: 4164/2006

Núm. Cendoj: 28079130022011100193

Núm. Ecli: ES:TS:2011:1198

Núm. Roj: STS 1198/2011

Resumen
La Sala recuerda que en el caso de obligación real, el sujeto pasivo no residente tributa en el Impuesto de Sucesiones por la adquisición de bienes o derechos, si concurre respecto de ellos alguna de estas tres circunstancias: 1ª) que estén situados en España; 2ª) que pudieran ejercitarse en territorio español; y 3ª) que deban cumplirse en el mismo. Respecto del dinero transferido no se cumplía la primera de las circunstancias antes indicadas, que da lugar a la obligación real de contribuir, pero el hecho de que ello fuera así no supone que quedara excluida dicha obligación, pues también es aplicable aquella respecto de "los derechos que pudieran ejercitarse o hubieren de cumplirse en territorio español". La sentencia reconoce que las entidades bancarias suizas habían remitido la documentación correspondiente con anterioridad al fallecimiento del causante, por lo que, sólo quedaba la materialización de la transferencia en territorio español, de tal forma el causante y, trás su óbito, su heredera, tenían derecho a que se produjera dicha materialización y es precisamente ello lo que también determina la obligación de contribuir. Por ello, estima el recurso de la Generalitat de Cataluña.

Voces

Impuesto sobre sucesiones y donaciones

Estado miembro de la Unión Europea

Error material

Interés legal del dinero

Intereses legales

Cuenta vivienda

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Bienes muebles

Representación procesal