Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Re...3 de Febrero de 2003
Última revisión
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 162/2000 de 03 de Febrero de 2003
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 03 de Febrero de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GODED MIRANDA, MANUEL
Nº de recurso: 162/2000
Núm. Cendoj: 28079130072003101013
Núm. Ecli: ES:TS:2003:8591
Resumen
Las alegaciones de Euskal Herritarrok sobre la nulidad de los acuerdos impugnados por manifiesta falta de competencia, haberse prescindido del procedimiento de revocación de actos declarativos de derechos e infracción del principio de seguridad jurídica, no pueden ser examinadas en este procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, cuyo ámbito se encuentra restringido, según reiterada jurisprudencia, a conocer de la conculcación de los derechos comprendidos en los artículos 14 a 29 de la Constitución (y de la objeción de conciencia en lo que pudiera subsistir), quedando los problemas de pura legalidad reservados para el proceso ordinario (sentencias de 18 y 26 de marzo de 1.991, 27 de febrero y 14 de diciembre de 1.992 entre otras muchas).
Voces
Abstención
Derecho de igualdad
Régimen electoral general
Expropiación especial
Protección de los derechos fundamentales
Actos declarativos de derechos
Seguridad jurídica
Recurso de nulidad
Incompetencia manifiesta
Entes públicos
Campaña electoral
Falta de competencia
Principio de igualdad
Objeción de conciencia
Sistema electoral
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