Sentencia Administrativo ...re de 2007

Última revisión
20/12/2007

Sentencia Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Rec 209/2003 de 20 de Diciembre de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 20 de Diciembre de 2007

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: SANCHEZ JIMENEZ, RAFAEL


Encabezamiento

DOÑA MARIA LOPEZ LUNA. Secretaria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del

Tribunal Superior de Justicia

de Andalucía

CERTIFICO: que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala la siguiente

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA.

SECCIÓN TERCERA

RECURSO 209/03

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Joaquín Sánchez Ugena

Don Rafael Sánchez Jiménez. (Ponente)

En la ciudad de Sevilla, a 20 de diciembre de 2007.

La Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Andalucía, ha visto el recurso n.° 209/03 interpuesto por el Centro Salesiano Concertado "San Juan Bosco" Linea de la Concepción (Cádiz) contra la inactividad de la Administración ante el requerimiento de 26 de septiembre de 2002, siendo parte demandada la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Sánchez Jiménez, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes

PRIMERO.- Interpuesto el recurso, se presentó la demanda en el plazo legal, en base a los hechos y fundamentos jurídicos que se dan aquí por reproducidos en aras de la brevedad.

SEGUNDO.- La demandada en el escrito de contestación a la demanda, se opuso a las pretensiones de la recurrente, y solicitó que se desestimase la misma.

TERCERO.- El presente recurso no se ha recibido a prueba.

CUARTO.- En la tramitación de la presente causa se han observado todos los requisitos legales, salvo determinados plazos procesales por la acumulación de asuntos que penden ante la Sala; habiéndose señalado para votación y fallo el día de ayer en el que, efectivamente, se deliberó, votó y falló.

Fundamentos

DOÑA MARIA LOPEZ LUNA. Secretaria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del

Tribunal Superior de Justicia

de Andalucía

CERTIFICO: que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala la siguiente

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA.

SECCIÓN TERCERA

RECURSO 209/03

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Joaquín Sánchez Ugena

Don Rafael Sánchez Jiménez. (Ponente)

En la ciudad de Sevilla, a 20 de diciembre de 2007.

La Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Andalucía, ha visto el recurso n.° 209/03 interpuesto por el Centro Salesiano Concertado "San Juan Bosco" Linea de la Concepción (Cádiz) contra la inactividad de la Administración ante el requerimiento de 26 de septiembre de 2002, siendo parte demandada la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Sánchez Jiménez, que expresa el parecer de la Sala.

PRIMERO.- Interpuesto el recurso, se presentó la demanda en el plazo legal, en base a los hechos y fundamentos jurídicos que se dan aquí por reproducidos en aras de la brevedad.

SEGUNDO.- La demandada en el escrito de contestación a la demanda, se opuso a las pretensiones de la recurrente, y solicitó que se desestimase la misma.

TERCERO.- El presente recurso no se ha recibido a prueba.

CUARTO.- En la tramitación de la presente causa se han observado todos los requisitos legales, salvo determinados plazos procesales por la acumulación de asuntos que penden ante la Sala; habiéndose señalado para votación y fallo el día de ayer en el que, efectivamente, se deliberó, votó y falló.

Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo formulado por Centro Concertado Salesiano "San Juan Bosco" de la Línea de la Concepción (Cádiz) contra la inactividad de la Administración ante el requerimiento de 26 de septiembre de 2002 para que abonase a las cantidades no percibidas por el concepto (otros gastos" en el trimestre julio-septiembre de 2000 por considerar que no se haya ajustada a derecho y condenamos a la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía al pago a la actora de la suma de 4604,16 ?, e intereses legales desde el día 3 de octubre de 2000, y al pago de las costas devengadas en este procedimiento, fijando en 600 euros la cifra máxima por honorarios del letrado de la recurrente.

Y a su tiempo con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con su original a que me remito. Y para que conste expido el presente en Sevilla a 20/12/07.

Fallo

Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo formulado por Centro Concertado Salesiano "San Juan Bosco" de la Línea de la Concepción (Cádiz) contra la inactividad de la Administración ante el requerimiento de 26 de septiembre de 2002 para que abonase a las cantidades no percibidas por el concepto (otros gastos" en el trimestre julio-septiembre de 2000 por considerar que no se haya ajustada a derecho y condenamos a la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía al pago a la actora de la suma de 4604,16 ?, e intereses legales desde el día 3 de octubre de 2000, y al pago de las costas devengadas en este procedimiento, fijando en 600 euros la cifra máxima por honorarios del letrado de la recurrente.

Y a su tiempo con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con su original a que me remito. Y para que conste expido el presente en Sevilla a 20/12/07.

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