Última revisión
16/02/2006
Sentencia Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Rec 388/2005 de 16 de Febrero de 2006
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Orden: Administrativo
Fecha: 16 de Febrero de 2006
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: MORENO RETAMINO, JULIAN MANUEL
Encabezamiento
Dª MARIA LUISA FERNANDEZ CAMACHO, Secretaria de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en
Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
CERTIFICO: Que en el recurso del que se hará expresión se ha dictado por la Sala la siguiente:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (SEDE DE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA.
Recurso n° 388/2005
Iltmo Sr. Presidente
Don Julián Manuel Moreno Retamino
Iltmos. Sres. Magistrados
Doña María Luisa Alejandre Duran
Don Eugenio Frías Martínez
En la Ciudad de Sevilla a Dieciséis de Febrero de 2.006. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto el recurso referido al encabezamiento, interpuesto por D. Jesús Ángel representado y defendido por el Letrado Sr. Miranda Diez sobre inactividad por inejecución de acto firme, Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es indeterminada. Es ponente el Iltmo. Sr. D. Julián Manuel Moreno Retamino.
Antecedentes
PRIMERO.- El recurso se interpuso el día 15 de Junio de 2005 contra inactividad por inejecución de acto firme, Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas que, entre otros extremos, acordaba adjudicar una finca urbana al demandante y ordenaba la formalización de la escritura de compraventa correspondiente.
SEGUNDO.- En su escrito de demanda la parte actora interesó de la Sala el dictado de Sentencia que acuerde una indemnización de daños y perjuicios por el retraso en el otorgamiento de la escritura y se desistía de la pretensión principal.
TERCERO.- En la vista oral celebrada el nueve de Febrero la Administración solicitó de la Sala el dictado de Sentencia que inadmita o que desestime íntegramente el recurso.
CUARTO.- Señalada fecha para vista, tuvo lugar el día nueve de Febrero de 2.006.
Fundamentos
Dª MARIA LUISA FERNANDEZ CAMACHO, Secretaria de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en
Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
CERTIFICO: Que en el recurso del que se hará expresión se ha dictado por la Sala la siguiente:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (SEDE DE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA.
Recurso n° 388/2005
Iltmo Sr. Presidente
Don Julián Manuel Moreno Retamino
Iltmos. Sres. Magistrados
Doña María Luisa Alejandre Duran
Don Eugenio Frías Martínez
En la Ciudad de Sevilla a Dieciséis de Febrero de 2.006. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto el recurso referido al encabezamiento, interpuesto por D. Jesús Ángel representado y defendido por el Letrado Sr. Miranda Diez sobre inactividad por inejecución de acto firme, Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es indeterminada. Es ponente el Iltmo. Sr. D. Julián Manuel Moreno Retamino.
PRIMERO.- El recurso se interpuso el día 15 de Junio de 2005 contra inactividad por inejecución de acto firme, Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas que, entre otros extremos, acordaba adjudicar una finca urbana al demandante y ordenaba la formalización de la escritura de compraventa correspondiente.
SEGUNDO.- En su escrito de demanda la parte actora interesó de la Sala el dictado de Sentencia que acuerde una indemnización de daños y perjuicios por el retraso en el otorgamiento de la escritura y se desistía de la pretensión principal.
TERCERO.- En la vista oral celebrada el nueve de Febrero la Administración solicitó de la Sala el dictado de Sentencia que inadmita o que desestime íntegramente el recurso.
CUARTO.- Señalada fecha para vista, tuvo lugar el día nueve de Febrero de 2.006.
Que debemos inadmitir el recurso interpuesto por interpuesto por D. Jesús Ángel representado y defendido por el Letrado Sr. Miranda Diez sobre inactividad por inejecución de acto firme, Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas por haberse ejecutado ya el acto y desistido la parte y no ser procedente en este proceso el conocimiento de la reclamación de daños y perjuicios. No hacemos pronunciamiento sobre costas.
Así, por esta nuestra Sentencia, que se notificará a las partes haciéndole saber los recursos que caben contra ella, le pronunciamos, mandamos y firmamos.
Intégrese esta resolución en el Libro correspondiente. Una vez firme la sentencia, remítase testimonio de la misma, junto con el expediente administrativo, al lugar de origen de este.
Lo anteriormente inserto concuerda con su original al que me remito. Para que conste y surta los efectos procedentes, expido y firmo el presente en Sevilla a 16 de FEB. 2006
Fallo
Que debemos inadmitir el recurso interpuesto por interpuesto por D. Jesús Ángel representado y defendido por el Letrado Sr. Miranda Diez sobre inactividad por inejecución de acto firme, Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas por haberse ejecutado ya el acto y desistido la parte y no ser procedente en este proceso el conocimiento de la reclamación de daños y perjuicios. No hacemos pronunciamiento sobre costas.
Así, por esta nuestra Sentencia, que se notificará a las partes haciéndole saber los recursos que caben contra ella, le pronunciamos, mandamos y firmamos.
Intégrese esta resolución en el Libro correspondiente. Una vez firme la sentencia, remítase testimonio de la misma, junto con el expediente administrativo, al lugar de origen de este.
Lo anteriormente inserto concuerda con su original al que me remito. Para que conste y surta los efectos procedentes, expido y firmo el presente en Sevilla a 16 de FEB. 2006
