Última revisión
31/01/2008
Sentencia Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Rec 414/2006 de 31 de Enero de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 31 de Enero de 2008
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: GABALDON CODESIDO, ENRIQUE
Encabezamiento
Dña. María López Luna, Secretaria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía
CERTIFICO: Que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala siguiente
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE SEVILLA
SECCIÓN TERCERA
RECURSO N° 414/06
Ilmos. Sres.
D. Victoriano Valpuesta Bermúdez, Presidente
D. Joaquín Sánchez Ugena
D. Enrique Gabaldón Codesido
En Sevilla, a 31 de enero de 2008
Vistos los autos citados, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora Ferro Grupo Inmobiliario SL, y demandada Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, turnándose la ponencia al Ilmo. Sr. D. Enrique Gabaldón Codesido, se ha dictado ésta de acuerdo con los siguientes
Antecedentes
PRIMERO.- El recurso se interpuso contra Resolución presunta desestimatoria del recurso de alzada contra Resolución de 4 de noviembre de 2005, de la Secretaría General Técnica de la Consejería, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Vereda del Camino de los Huertos y sus lugares asociados", expediente 273/03, en el término municipal de Isla Cristina, provincia de Huelva.
SEGUNDO.- La Administración demandada, ha presentado escrito, al que adjuntaba la pertinente autorización, en el que formalizaba el allanamiento a la pretensión del recurrente.
TERCERO.- Señalado día para su votación y fallo esta tuvo lugar con el resultado que a continuación se expone.
Fundamentos
Dña. María López Luna, Secretaria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía
CERTIFICO: Que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala siguiente
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE SEVILLA
SECCIÓN TERCERA
RECURSO N° 414/06
Ilmos. Sres.
D. Victoriano Valpuesta Bermúdez, Presidente
D. Joaquín Sánchez Ugena
D. Enrique Gabaldón Codesido
En Sevilla, a 31 de enero de 2008
Vistos los autos citados, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora Ferro Grupo Inmobiliario SL, y demandada Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, turnándose la ponencia al Ilmo. Sr. D. Enrique Gabaldón Codesido, se ha dictado ésta de acuerdo con los siguientes
PRIMERO.- El recurso se interpuso contra Resolución presunta desestimatoria del recurso de alzada contra Resolución de 4 de noviembre de 2005, de la Secretaría General Técnica de la Consejería, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Vereda del Camino de los Huertos y sus lugares asociados", expediente 273/03, en el término municipal de Isla Cristina, provincia de Huelva.
SEGUNDO.- La Administración demandada, ha presentado escrito, al que adjuntaba la pertinente autorización, en el que formalizaba el allanamiento a la pretensión del recurrente.
TERCERO.- Señalado día para su votación y fallo esta tuvo lugar con el resultado que a continuación se expone.
Estimar por allanamiento de la Administración el presente recurso Contencioso-Administrativo contra las Resoluciones referenciadas en el antecedente primero de esta sentencia, que anulamos, sin hacer expresa condena de las cosas procesales.
Así, por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con su original a que me remito.
Y para que conste expido el presente en Sevilla a 31 enero 2008
Fallo
Estimar por allanamiento de la Administración el presente recurso Contencioso-Administrativo contra las Resoluciones referenciadas en el antecedente primero de esta sentencia, que anulamos, sin hacer expresa condena de las cosas procesales.
Así, por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con su original a que me remito.
Y para que conste expido el presente en Sevilla a 31 enero 2008
