Sentencia Administrativo ...zo de 2007

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15/03/2007

Sentencia Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Rec 929/2004 de 15 de Marzo de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 15 de Marzo de 2007

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: ALEJANDRE DURAN, MARIA LUISA


Encabezamiento

DOÑA MARÍA LUISA FERNÁNDEZ CAMACHO, Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso - Administrativo

en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

CERTIFICO: Que en el recurso del que se hará expresión se ha dictado por la Sala lo siguiente:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

Recurso núm. 929/2004

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente:

DON JULIÁN MANUEL MORENO RETAMINO.

Ilmo. Sres. Magistrados:

DOÑA MARÍA LUISA ALEJANDRE DURAN

DON EUGENIO FRÍAS MARTÍNEZ

En la ciudad de Sevilla, a quince de marzo de dos mil siete. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso núm. 929/2004, interpuesto por DOÑA Antonia, representada por el Procurador SR. ARREDONDO PRIETO, y defendido por el Letrado, contra resolución de la AUTORIDAD PORTUARIA DE HUELVA, representada y defendida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO.

Antecedentes

PRIMERO.- El recurso tuvo entrada en esta Sala el día 15 de Noviembre de 2.004, y se interpuso el día 29 de Abril de 2.004, contra la Resolución que se citará en el Fundamentos Jurídico Primero.

SEGUNDO.- En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicte Sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia, instando el recibimiento del pleito a prueba.

TERCERO.- Dado traslado del escrito de demanda, la Administración demandada contestó en tiempo y forma oponiéndose a la misma y suplicando se dictara Sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.

CUARTO.- Practicados los medios prueba interesados, las partes formularon las conclusiones que determina el articulo 64 L.J.C.A ., evacuando dicho trámite mediante los correspondientes escritos, en los que ratificaron sus pretensiones.

QUINTO.- Declarada conclusa la discusión escrita, se ordenó traer los Autos a la vista con citación de las partes para Sentencia y se señaló para votación y fallo el día 12 de marzo del presente año, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA MARÍA LUISA ALEJANDRE DURAN .

Fundamentos

DOÑA MARÍA LUISA FERNÁNDEZ CAMACHO, Secretario de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso - Administrativo

en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

CERTIFICO: Que en el recurso del que se hará expresión se ha dictado por la Sala lo siguiente:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

Recurso núm. 929/2004

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente:

DON JULIÁN MANUEL MORENO RETAMINO.

Ilmo. Sres. Magistrados:

DOÑA MARÍA LUISA ALEJANDRE DURAN

DON EUGENIO FRÍAS MARTÍNEZ

En la ciudad de Sevilla, a quince de marzo de dos mil siete. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso núm. 929/2004, interpuesto por DOÑA Antonia, representada por el Procurador SR. ARREDONDO PRIETO, y defendido por el Letrado, contra resolución de la AUTORIDAD PORTUARIA DE HUELVA, representada y defendida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO.

PRIMERO.- El recurso tuvo entrada en esta Sala el día 15 de Noviembre de 2.004, y se interpuso el día 29 de Abril de 2.004, contra la Resolución que se citará en el Fundamentos Jurídico Primero.

SEGUNDO.- En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicte Sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia, instando el recibimiento del pleito a prueba.

TERCERO.- Dado traslado del escrito de demanda, la Administración demandada contestó en tiempo y forma oponiéndose a la misma y suplicando se dictara Sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.

CUARTO.- Practicados los medios prueba interesados, las partes formularon las conclusiones que determina el articulo 64 L.J.C.A ., evacuando dicho trámite mediante los correspondientes escritos, en los que ratificaron sus pretensiones.

QUINTO.- Declarada conclusa la discusión escrita, se ordenó traer los Autos a la vista con citación de las partes para Sentencia y se señaló para votación y fallo el día 12 de marzo del presente año, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA MARÍA LUISA ALEJANDRE DURAN .

Que debemos ESTIMAR Y ESTIMAMOS PARCIALMENTE el recurso interpuesto por DOÑA Antonia contra Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva de 23 de Febrero de 2.004, desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial de aquella por el accidente ocurrido en la carretera del Recinto Portuario, el día 13 de Diciembre de 2.002 que anulamos, condenando a la Autoridad Portuaria de Huelva al pago de 12.189'19 Euros en concepto de indemnización. Sin costas.

Así por esta nuestra Sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, haciéndoles saber que no cabe recurso contra ella, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Intégrese la presente resolución en el libro de los de su clase y, una vez firme, remítase testimonio de la misma, junto con el expediente administrativo, al lugar de origen de éste.

Leída, y publicada fue la anterior Sentencia por el Iltmo. Sr. Ponente de este recurso, celebrando audiencia pública la Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el día de su fecha, ante mí de que certifico. En Sevilla, a quince de Marzo de dos mil siete.

Lo anteriormente transcrito concuerda bien y fielmente con su original al que me remito. Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente en Sevilla, a quince de Marzo de dos mil siete.

Fallo

Que debemos ESTIMAR Y ESTIMAMOS PARCIALMENTE el recurso interpuesto por DOÑA Antonia contra Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva de 23 de Febrero de 2.004, desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial de aquella por el accidente ocurrido en la carretera del Recinto Portuario, el día 13 de Diciembre de 2.002 que anulamos, condenando a la Autoridad Portuaria de Huelva al pago de 12.189'19 Euros en concepto de indemnización. Sin costas.

Así por esta nuestra Sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, haciéndoles saber que no cabe recurso contra ella, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Intégrese la presente resolución en el libro de los de su clase y, una vez firme, remítase testimonio de la misma, junto con el expediente administrativo, al lugar de origen de éste.

Leída, y publicada fue la anterior Sentencia por el Iltmo. Sr. Ponente de este recurso, celebrando audiencia pública la Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el día de su fecha, ante mí de que certifico. En Sevilla, a quince de Marzo de dos mil siete.

Lo anteriormente transcrito concuerda bien y fielmente con su original al que me remito. Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente en Sevilla, a quince de Marzo de dos mil siete.