Última revisión
08/06/2007
Sentencia Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 1451/2003 de 08 de Junio de 2007
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 3 min
Orden: Administrativo
Fecha: 08 de Junio de 2007
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: ROAS MARTIN, PEDRO LUIS
Núm. Cendoj: 41091330012007100746
Encabezamiento
D.ª María Luisa Fernández Camacho, Secretaria de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia en Andalucía.
CERTIFICO: Que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala la siguiente:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA
Recurso número 1451/03
SENTENCIA
Ilmo. Sr. Presidente:
DON JULIÁN MANUEL MORENO RETAMINO.
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ DEL MANZANO.
DON PEDRO LUIS ROÁS MARTÍN.
En la ciudad de Sevilla, a 8 de junio de 2007.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 1451/03, interpuesto por INSTALACIONES Y MONTAJES ELÉCTRICOS Y SANEAMIENTO S. A. representada por el Procurador D. Manuel J. Onrubia Baturone y defendida por Letrado, contra resolución del PUERTO DE SANTA MARÍA representado por el Procurador D. Juan López de Lemus.
Es Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO LUIS ROÁS MARTÍN.
Antecedentes
PRIMERO.- Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso.
SEGUNDO.- La Administración demandada, una vez conferido el trámite para contestar la demanda, presentó escrito de allanamiento.
TERCERO.- Quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 4 de junio de 2007, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.
Fundamentos
PRIMERO.- Se debate en el proceso la desestimación presunta de la reclamación de reconocimiento y abono de intereses de demora por abono extemporáneo de certificaciones núm. 1 y 2 correspondientes al contrato de: "Remodelación de las plazas Crucero Navarra y Acorazado España"
SEGUNDO.- De conformidad con el Art. 75.2 de la Ley de la Jurisdicción producido el allanamiento el Tribunal dictará, sin más tramites, sentencia de conformidad con las pretensiones del demandante, siempre que no suponga infracción manifiesta del ordenamiento jurídico.
Habiéndose cumplido los requisitos del Art. 74.2 de la Ley Jurisdiccional y no suponiendo las pretensiones de la actora infracción del ordenamiento jurídico, procede dictar sentencia de conformidad con las pretensiones de la demandante.
TERCERO.- A los efectos previstos en el artículo 139 de la Ley reguladora de esta jurisdicción en materia de costas procesales, no se aprecia temeridad o mala fe en ninguno de los litigantes.
Vistos los preceptos citados y demás normas de procedente aplicación,
Fallo
Que debemos ESTIMAR el recurso contencioso administrativo interpuesto por la mercantil INSTALACIONES Y MONTAJES ELÉCTRICOS Y SANEAMIENTO S. A. contra la Resolución citada en el Fundamento de Derecho Primero que anulamos reconociendo el derecho de la actora al cobro de intereses de demora por 2.199,14 euros, incrementado en el interés legal desde la interposición del presente recurso.
Sin costas
Notifíquese a las partes la presente resolución indicándoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.
Así, por esta nuestra sentencia de la que se llevará testimonio a las actuaciones, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Lo anteriormente transcrito concuerda bien y fielmente con su original al que me remito.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido el presente en Sevilla a 8 de junio de 2007
