Sentencia Administrativo Nº 302/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 1579/2001 de 07 de Junio de 2004
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Orden: Administrativo
Fecha: 07 de Junio de 2004
Tribunal: TSJ Canarias
Ponente: GARCIA OTERO, CESAR JOSE
Nº de sentencia: 302/2004
Núm. Cendoj: 35016330022004100299
Núm. Ecli: ES:TSJICAN:2004:2527
Resumen
El TSJ estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil recurrente, contra la resolución que impuso a dicha mercantil una sanción por una infracción administrativa en materia de medioambiente consistente en el vertido al terreno de residuos peligrosos. Manifiesta la Sala que se practicó prueba de cargo, si bien dicha actividad probatoria no era bastante para dar por acreditado el nexo causal entre rotura de la tubería de la mercantil, que conduce el fueloil a la central Eléctrica y resultado dañoso, esto es, vertido del fuel oil a causa de esa rotura en la cantidad y extensión que se señala en la resolución sancionadora, bien entendido que nos estamos refiriendo a la falta de justificación del nexo causal entre el grueso de los vertidos, como se califican en la resolución recurrida, en la que no se pone en duda que otra parte de ese vertido, que califica de considerablemente menor, procede de la central térmica y que, por tanto, es ajena a la mercantil. Sin embargo, la contradicción entre los informes privados, en cuanto emitidos a instancia de las entidades implicadas, es sustancial y la presunción de certeza de los hechos observados por los Agentes de la Administración que formularon la denuncia no alcanza a esos aspectos técnicos ni a las conclusiones. El propio Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno Autonómico se mueve en el terreno de la probabilidad. Ahora bien, el informe emitido por técnicos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, se mueve también en el terreno de la hipótesis mas probable, que es objeto de contestación sería y razonable en el informe emitido a instancia de la mercantil y que, en esa situación, debió llevar a agotar la investigación y, al no hacerlo así, a la aplicación del principio pro reo, esto es, a la declaración de una duda razonable sobre la responsabilidad de la entidad declarada responsable del siniestro consistente en el vertido de la mayor parte de los restos de fuel oil al terreno y al mar.
Voces
Causalidad
Aguas subterráneas
Contaminación del suelo
Contaminación
Daños y perjuicios
Potestad sancionadora
Prueba de cargo
Residuos
Presunción de certeza
Actividad probatoria
Relación de causalidad
Mala fe
Infracciones administrativas
Tóxicos y peligrosos
Encabezamiento
1
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.-
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (LAS PALMAS GC).-
Sección Segunda.-
Ref: RCA nº 1.579/01.-
S E N T E N C I A
Ilmos Sres
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