Última revisión
Sentencia Administrativo Nº 1504/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 8, Rec 1323/2004 de 28 de Enero de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 28 de Enero de 2008
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: SUAREZ-BARCENA MORILLO-VELARDE, ANGEL FRANCISCO
Nº de sentencia: 1504/2008
Núm. Cendoj: 28079330082008100060
Resumen
Se declara la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo contra la Resolución dictada por el Comité de Deontología del Colegio Nacional de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Salvo en los ámbitos en que está reconocida la acción pública, la legitimación implica una cierta relación con el objeto del proceso por virtud de la cual el éxito de la acción habría de generar un beneficio para el recurrente o por lo menos, la eliminación de un perjuicio que derivase del mantenimiento del acto impugnado. En el caso de autos, la situación jurídica del recurrente no experimenta ventaja alguna por el hecho de que se sancione de otra manera al ingeniero denunciado, ni afecta necesariamente a su esfera jurídica de intereses, toda vez que nada favorable puede obtener, o de nada desfavorable se le va a privar por el hecho de que aquel denunciado pueda verse más sancionado por la actuación desempeñada.
Voces
Puertos
Colegiado
Apercibimiento
Interés legitimo
Objeto del proceso
Legitimación activa
Actuación administrativa
Responsabilidad
Mala fe
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 01504/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN OCTAVA
Ilmos. Sres.:
Presidente,
Dª …
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