Sentencia-Auto Social Tri...io de 2008

Última revisión
18/07/2008

Sentencia-Auto Social Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2407/2007 de 18 de Julio de 2008

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Orden: Social

Fecha: 18 de Julio de 2008

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: MEDIAVILLA CRUZ, MARIA LUISA

Núm. Cendoj: 46250340012008800004

Resumen:
46250340012008800004 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Valencia Sección: 1 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 18/07/2008 Nº de Recurso: 2407/2007 Jurisdicción: Social Ponente: MARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ Procedimiento: SOCIAL Tipo de Resolución: Auto Aclaratorio

Encabezamiento

2

Recurso contra Sentencia núm. 2407/07

Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz

Presidente,Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a dieciocho de julio de dos mil ocho

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado el siguiente,

AUTO

En el Recurso de Suplicación Nº 2407/2007, interpuesto contra la Sentencia núm. 77/2007, dictada por el Juzgado de lo Social Nº 15 de Valencia, en FECHA 21 DE FEBRERO DE 2007, seguidos sobre contingencia invalidez, a instancias de MUTUA FRATERNIDAD MUPRESPA y D. Lucas contra los demandantes, respecto de las demandas cruzadas, y el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la empresa EXPORTACIONES CISCAR, S.L., ha recaído sentencia nº 1857/2008, de fecha 5 de junio de 2008, habiendo actuado como ponente Ilma. Sra. Mª Luisa Mediavilla Cruz

Antecedentes

ÚNICO.- Mediante escrito de aclaración de la citada sentencia que tuvo entrada en la Sala el 16 de julio de 2008, la representación letrada de la Mutua FRATERNIDAD MUPRESPA demandante, demandada y recurrente en suplicación, solicita la aclaración de la condena en costas en el Fallo.

Fundamentos

PRIMERO.- Que del examen del recurso de suplicación y la Sentencia emitida por la Sala se comprueba haber sufrido un error de transcripción , al haberse consignado en el Fallo de la sentencia de esta Sala, la condena en costas a la parte Mutua recurrente, por lo que se procede aclarar la Sentencia referida en dicho extremo, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 de la LOPJ . Así , se deberá suprimir del fallo la imposición de costas a la recurrente Mutua Fraternidad Muprespa.

Fallo

La Sala acuerda rectificar la sentencia de fecha 5 de junio de 2008 dictada en el Recurso de suplicación Nº 2407/2007, suprimiendo la condena en costas a la Mutua Fraternidad Muprespa.

Notífiquese esta resolución a las partes con la advertencia de que es firme y que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por este nuestro Auto, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Resolución por el/a Ilmo/a. Sr/a Magistrado/a ponente que la suscribe, estando celebrando audiencia pública , en el día de su fecha, de lo que yo el Secretario, doy fe.