Sentencia Civil 25/2023 Audiencia Provincial Civil de Bizkaia nº 3, Rec. 568/2021 de 18 de enero del 2023
Sentencia Civil 25/2023 A...o del 2023

Última revisión
16/06/2023

Sentencia Civil 25/2023 Audiencia Provincial Civil de Bizkaia nº 3, Rec. 568/2021 de 18 de enero del 2023

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Orden: Civil

Fecha: 18 de Enero de 2023

Tribunal: AP Bizkaia

Ponente: MARIA CONCEPCION MARCO CACHO

Nº de sentencia: 25/2023

Nº de recurso: 568/2021

Núm. Cendoj: 48020370032023100011

Núm. Ecli: ES:APBI:2023:76

Núm. Roj: SAP BI 76:2023

Resumen
PRIMERO.- Es la parte demandada quien interpone recurso de apelación alegando básicamente error en la valoración de la prueba; a su entender, incide en la alegación de que la relación jurídica que las partes suscribieron mediante contrato en el año 1991 era una sociedad, y en ello impugna la imputación de falta de prueba de tal constitución societaria; a su entender, el documento nº 3 de la contestación a la demanda refleja claramente una relación de la situación financiera de la sociedad, y en ella se determinan los ingresos y la deducción de gasto con reparto de las ganancias al 50% entre las partes litigantes, debiendo incluir tales ganancias en las autoliquidaciones anuales del impuesto de la renta de personas físicas, como esta parte realizó y así lo prueba en certificación tributaria; impugna la valoración de la testifical del Sr. Felicisimo, esposo de la demandante, y quien como admiten "llevaba las cuentas de la sociedad", debiendo en contraposición dar una mayor relevancia a la documental aportada por esta representación, reflejando una realidad opuesta a la manifestada por el testigo; al igual que se demuestra con las certificaciones bancarias donde se cargaban los gastos no solo del inmueble sino también los propios de la actividad societaria, sin que de ello se pudiera inferir el raparto del gasto que dice la sentencia en que pueda quedar probado; siendo lo contrario que ambas socias asumían al 50%; abunda a tal consideración de existencia real de sociedad el hecho de que se aporta como contrato oneroso de permuta el propio piso donde se ejercía la actividad, y con consentimiento de los maridos de ambas, sin que percibieran ninguna contraprestación por el uso del inmueble, lo que manifiesta un activo del comunidad de bienes adquiriendo una condición dinámica del bien social al integrarse en la empresa común claramente documentada en la constitución de la comunidad de bienes; mantiene que la demandante derivó su actividad de cursos de formación de la comunidad de bienes DIRECCION000 a su soci

Voces

Comunidad de bienes

Sociedad civil

Nombre comercial

Copropiedad

Condominio

Tribunal ad quem

Error en la valoración de la prueba

Relación jurídica

Certificación bancaria

Permuta

Contraprestación

Persona física

Contrato oneroso

Contrato de colaboración

Socio industrial

Ope legis

Inter vivos

Mortis causa

Socio capitalista

Normas particionales

Cosa común

Partición hereditaria

Sociedad civil irregular

Propiedad horizontal

Acción de división de cosa común

Responsabilidad por deudas

División de herencia

Copropietario

Responsabilidad solidaria

Obligaciones solidarias

Práctica de la prueba

Sociedad personalista

Sociedad irregular

Responsabilidad de los socios

Confusión de patrimonios

Valoración de la prueba

Reformatio in peius

Medios de prueba