Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 273 de 05 de Mayo de 2000
Sentencia Civil Audiencia...yo de 2000

Última revisión
05/05/2000

Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 273 de 05 de Mayo de 2000

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Orden: Civil

Fecha: 05 de Mayo de 2000

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: PEREZ VEGA, ANGELES

Nº de recurso: 273

Resumen
No cuestionándose la atribución de la responsabilidad en cuanto a la obligación de indemnizar, debe ceñirse el debate, en esta alzada, a la impugnación que hacen los recurrentes del pronunciamiento que contiene la recurrida referido a la cantidad que la misma fija en concepto de indemnización por el accidente de circulación sufrido por la Sra. García el día 14 de marzo de 1997. Por la entidad aseguradora se insiste que en virtud de las pruebas practicadas en las presentes actuaciones no ha quedado acreditada la necesaria e imprescindible, para que surja el deber de indemnizar, relación de causalidad entre la lesión y secuelas sufridas por la actora con el accidente de circulación ocurrido el 14 de marzo de 1997.El perito judicial en aclaración a su informe responde que "no se puede manifestar con rotundidad que la lesión y secuelas tuvieran su origen en el accidente ocurrido el día 14 de marzo de 1997, pero habiendo existido un accidente y teniendo en cuenta los informes médicos lo normal es pensar que estas lesiones y secuelas tengan su origen en el accidente.La sentencia en este punto debe ser confirmada, el juez "a quo" efectúa una correcta valoración tanto de la lesión como de las secuelas que restan a la actora-apelante, tanto solo añadir que debió aplicarse el factor de corrección relativo al perjuicio económico del 10 que corresponde a las secuelas y días de incapacidad cuya acreditación se difiere a la fase de ejecución de sentencia que legalmente está previsto en la Ley 20/95, vigente a la fecha de producirse el accidente de circulación que dio lugar al presente procedimiento, acogiendo el recurso de apelación interpuesto por Lucía G en este punto.Siendo reiterada la jurisprudencia que recuerda que la condena a la indemnización de daños y perjuicios exige la prueba de su existencia, cuya acreditación incumbe al actor y en este concreto supuesto no ha articulado prueba alguna tendente a demostrar los perjuicios que reclama confirmándose la cantidad de 200.000 ptas por razón de los daños y perjuicios derivados de la promoción interna.Se desestima el recurso.  

Voces

Incapacidad

Secuelas

Accidente

Accidente de tráfico

Estancia

Compañía aseguradora

Ejecución de sentencia

Reclamación de cantidad

Responsabilidad

Aseguradora demandada

Práctica de la prueba

Contrato de seguro

Perito judicial

Factor de corrección

Lucro cesante

Perjuicios económicos

Cuantía de la indemnización

Indemnización de daños y perjuicios

Daños y perjuicios