Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 378 de 29 de Marzo de 2001
Sentencia Civil Audiencia...zo de 2001

Última revisión
29/03/2001

Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 378 de 29 de Marzo de 2001

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Orden: Civil

Fecha: 29 de Marzo de 2001

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: RUBIN MARTIN, ANTONIO

Nº de recurso: 378

Resumen
El único motivo invocado por la parte recurrente se ampara en un error del Juzgador de instancia en la apreciación de las pruebas, al no dar valor al cuaderno particional intervivos del que resulta la inclusión de la franja litigiosa entre la propiedad de los demandantes; el motivo no puede ser estimado: cuando la acción reivindicatoria o la declarativa de dominio pretende fundarse en un titulo de transmisión por causa de muerte, el titulo universal de herencia es insuficiente, pues ni los testamentos, ni las declaraciones de herederos ab intestato, ni las escrituras de partición constituyen titulo de dominio, al no probar por si solas que el bien concreto de que se trata pertenecía al caudal hereditario (entre otras, Sentencias del Tribunal Supremo de 6 de julio de 1920, 13 de marzo de 1954 y 3 de junio de 1989); en el presente caso, aunque consta que la franja de terreno litigiosa aparece en la partición protocolizada notarialmente el 7 de febrero de 1992 y otorgada por el ya finado padre de una de las demandantes y esposo de la otra y también por esta última, carecería de eficacia por la supervivencia de una de los otorgantes, como correctamente se expresa, in fine, en el Fundamento Tercero de la sentencia recurrida, pero, además, no consta en modo alguno que los citados otorgantes fuesen propietarios de tal finca, ni, en consecuencia, que pudiesen transmitirla "ínter vivos" o "mortis causa". Los indicios a los que e alude en el escrito de recurso tampoco pueden servir para acreditar el dominio sobre la franja de terreno, pues ya existencia de ventanas abiertas a dicho terreno en la casa de las demandantes, cuatro de las cuales se practicaron en fecha posterior a la quinta, no beneficiaría la pretensión de éstas, pues tal indicio se ve contradicho con la existencia de un portalón en la propiedad de los demandados que también colinda con dicha franja, y el indicio de los supuestos restos de un muro de cierre no puede darse por probado cuando el propio perito que los descubrió indicó que las piedras halladas podrían haber sido colocadas para nivelación del terreno, habida cuenta de la pendiente lateral de la franja, destinada a camino y cuya posesión fue amparada en favor de los ahora demandados en el interdicto de recobrar. En consecuencia, procede la desestimación del recurso.  

Voces

Juicio de cognición

Cuaderno particional

Acción reivindicatoria

Herencia

Heredero abintestato

Declaración de herederos

Testamento

Título de dominio

Caudal hereditario

Dueño

Interdicto de recobrar la posesión