Última revisión
11/09/2023
Sentencia Civil 76/2023 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Tafalla nº 2, Rec. 411/2022 de 09 de mayo del 2023
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Orden: Civil
Fecha: 09 de Mayo de 2023
Tribunal: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Tafalla
Ponente: MARIA MONTSERRAT GARCIA BLANCO
Nº de sentencia: 76/2023
Núm. Cendoj: 31227410022023100115
Núm. Ecli: ES:JPII:2023:150
Núm. Roj: SJPII 150:2023
Encabezamiento
En Tafalla, a 09 de mayo del 2023.
.Vistos por D.ª Mª Montserrat García Blanco, Juez Sustituta del juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Tafalla , el presente procedimiento de
Antecedentes
Fundamentos
Entrando ya en las cuestiones referidas al orden personal, en relación con la
En este caso, se dice por la madre en interrogatorio , que el padre nunca ha residió en España y no ha querido venir a España .Cuando vino con su hijo en 2018 no ha vuelto a Brasil. Que el padre solo tiene comunicación con el hijo e días señalados y ahora con este procedimiento ha cortado la comunicación por videollamada Que en España tiene a su madre , padrastro y hermana Poniendo de manifiesto en su interrogatorio la dificultad de recabar autorización del padre para llevar a su hijo al Psicólogo , no habiendo podido llevarlo Teniendo problemas en todos los tramites que afectan al hijo menor sin que tenga documentación legal en España y que repercute en el menor al sentirse rechazado .
Debe señalarse que por la madre se está pidiendo a modo principal la patria potestad en exclusiva para la madre por lo tanto la titularidad y su ejercicio .A este respecto
A la vista de lo actuado y del procedimiento en que nos encontramos, no cabe un pronunciamiento en tal sentido de privación de la titularidad de la patria potestad al padre , lo cual debe solicitarse en su caso en el procedimiento correspondiente.
En cuanto al
Ese ejercicio de de la patria potestad en exclusiva por la madre , permitirá a la misma sin autorización del padre pueda tomar decisiones respecto al menor por si sola, en materia de educación, medica o psicológico , viajes dentro y fuera de España y tramitación de todo tipo de documentos en favor del menor , tales como autorización de residencia en España, matricularle en centros escolares o en todo tipo de curso o actividad, la emisión de pasaporte, las renovaciones de documentos necesarios, etc
Para ello el padre deberá desplazarse hasta la localidad de residencia de la madre y durante ese periodo podrá ver al menor, a diario, de 12:00 a 19:00 horas. No habrá pernocta.
Las fechas en las que se llevará a cabo esas visitas serán elegidas por el padre los años pares y por la madre los años impares, teniendo el progenitor al que le toque elegir que comunicar al otro con dos meses de antelación las fechas en las que se va a desarrollar este periodo de vacaciones.
Asimismo se ha de incluir en este apartado las incidencias de horario en la recogida del menor de tal manera que si por alguna razón algún progenitor no pudiera recoger al menor a la hora y día indicado, deberá avisarlo por escrito al otro con 2 días de antelación, justificante la ausencia o retraso
Respecto al regimend e
Los progenitores se comprometen a no dificultar en modo alguno el contacto del menor con el progenitor que no se encuentre, ya sea de forma telefónica, audiovisual diarias, siempre que no interrumpa sus rutinas y descanso y en caso de desacuerdo se establece el horario desde las 19:00h a las 20:00h, hora de España.
Asimismo, debe indicar al otro progenitor la localización del hijo en común cuando esté de viaje con él, así como cualquier otra circunstancia anormal que se produzca.
Abona por Alquiler de vivienda, 450€/470€ abonó en enero según documentación (8) aportada en la vista Haciendo frente a los gastos de suministros de la vivienda (120 luz y gas, 60€ agua) y comunidad 50€ .segun documenta en su demanda A ellos se suma los gastos de alimentación . vestuario y a escolares del menor que cuantifica en su demanda Viviendo con su hijo menor y otro hijo menor .Siendo apoyada familiarmente tanto económicamente como en el cuidado del hijo menor por su madre Su hijo menor estudia tercero dep rimaria en el colegio escolapios , abonando 35€ mensuales por clases de judo
De este modo , puesta d e manifiesto la situación económica de la madre, no consta la del padre .si bien en la vista manifiesta la madre que en su ultimo trabajo el padre no sabe cuanto ha ganado, pero estaría sobre los 1.700reales, " unos 300/400/€ al cambio que es un buen sueldo en Brasil " nos dice en la vista
La contribución económica que en concepto de pensión alimenticia deben satisfacer los progenitores, para atender el cuidado, sustento y alimentación de su hijos, debe guardar un adecuado equilibrio entre las necesidades de éstos, atendiendo al status de convivencia en que se desenvuelve y la capacidad económica de la persona obligada a su prestación. Y por ello a través de las pruebas que en tal sentido se aporten por las partes, hemos de buscar dicho equilibrio, que en todo momento ha de contemplar también el interés y beneficio de los hijos, el denominado bonus filii o favor filii que en todas las cuestiones atinentes a los mismos (alimentación, guarda y custodia, régimen de visitas, etc.) constituye la más importante finalidad a la que deben atender las medidas que acordemos.
Habida cuenta de que el padre ha permanecido ajeno al presente procedimiento , y ateniéndonos a los datos económicos que ofrece la madre en la vista debe fijarse importe de 150€ i€ mensuales de pensión alimenticia pues como recuerda la sentencia Nº 000230/2018 de 11 de mayo del 2018.de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra "
Son gastos extraordinarios todos aquellos de carácter imprevisible en el momento de establecer la contribución al sostenimiento ordinario de los menores. lo serán en todo caso, los gastos que sean indeclinables por su naturaleza o urgencia, los gastos médicos , seguros , medicnas , ofatamologicos , odontologicos que no sean cubiertos por los seguros sociales o privados de los progenitores y los educativos complementarios requeridos para el desarrollo y la formación integral de los hijos, con inclusión de los universitarios o de capacitación profesional
El progenitor que quiera realizar un gasto extraordinario tendrá la obligación de
comunicar de forma previa y por escrito al otro progenitor para obtener su consentimiento expreso y por escrito, estando obligado a acompañar dicha petición con presupuesto del gasto
que quiera realizar. Se entenderá por consentido tácitamente el gasto cuando pasen cinco (5) días desde que se le requirió consentimiento para realizar un gasto extraordinario. Debiendo primar, en todo caso, el interés superior del menor
Vistos los artículos citados y demás de aplicación
Fallo
Que estimando como estimo en parte la demanda de
1º.-Se atribuye la
2º.- Se fija el siguiente
Para ello el padre deberá desplazarse hasta la localidad de residencia de la madre y durante ese periodo podrá ver al menor, a diario, de 12:00 a 19:00 horas. No habrá pernocta.
Las fechas en las que se llevará a cabo esas visitas serán elegidas por el padre los años pares y por la madre los años impares, teniendo el progenitor al que le toque elegir que comunicar al otro con dos meses de antelación las fechas en las que se va a desarrollar este periodo de vacaciones.
Si por alguna razón algún progenitor no pudiera recoger al menor a la hora y día indicado, deberá avisarlo por escrito al otro con 2 días de antelación, justificante la ausencia o retraso
3ª)Respecto al
Los progenitores no dificultarán en modo alguno el contacto del menor con el progenitor que no se encuentre, ya sea de forma telefónica, audiovisual diarias, siempre que no interrumpa sus rutinas y descanso y en caso de desacuerdo se establece el horario desde las 19:00h a las 20:00h, hora de España.
4ª)-Se fija en concepto de
5º) Ambos progenitores contribuirán al 50% a los
Son gastos extraordinarios todos aquellos de carácter imprevisible en el momento de establecer la contribución al sostenimiento ordinario de los menores. lo serán en todo caso, los gastos que sean indeclinables por su naturaleza o urgencia, los gastos médicos, seguros , medicinas , oftalmológicos , odontológicos que no sean cubiertos por los seguros sociales o privados de los progenitores y los educativos complementarios requeridos para el desarrollo y la formación integral de los hijos, con inclusión de los universitarios o de capacitación profesional
El progenitor que quiera realizar un gasto extraordinario tendrá la obligación de
comunicar de forma previa y por escrito al otro progenitor para obtener su consentimiento expreso y por escrito, estando obligado a acompañar dicha petición con presupuesto del gasto
Todo ello sin especial pronunciamiento en costas.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer
La admisión de dicho recurso precisará que, al interponerse el mismo, se haya consignado como depósito 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el BANCO SANTANDER nº 3178000037041122 con indicación de "recurso de apelación", mediante imposición individualizada, y que deberá ser acreditado a la preparación del recurso, de acuerdo a la D. A. decimoquinta de la LOPJ. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
El/La Juez
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
