Última revisión
17/04/2008
Sentencia Civil Nº 102/2008, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 308/2007 de 17 de Abril de 2008
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Orden: Civil
Fecha: 17 de Abril de 2008
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: GOMEZ SANCHEZ, PEDRO MARIA
Nº de sentencia: 102/2008
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28
MADRID
SENTENCIA: 00102/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION 28
MADRID
C/GRAL. MARTINEZ CAMPOS 27
Tfno : 914933189 Fax : 914931996
t6
Rollo : RECURSO DE APELACION 308/07
Proc. Origen : P. Ord. 1141/02
Órgano Procedencia : Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de Madrid
Recurrente : D. Jose Enrique , METALIBERICA S.A. y D. Jesús Ángel
Procurador : D. Isacio Calleja García
Abogado : D. Jose Enrique
Recurrida: TRASER S.A.
Procurador : D. Carlos Mairata Laviña
Abogado : D. Jesús Pérez de la Cruz Oña
ILMOS. SRS. MAGISTRADOS
D. RAFAEL SARAZA JIMENA
D. ENRIQUE GARCIA GARCIA
D. PEDRO MARIA GOMEZ SANCHEZ
En Madrid, a 17 de abril de 2008.
La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los Ilustrísimos Señores Don RAFAEL SARAZA JIMENA, Don ENRIQUE GARCIA GARCIA, Don Alberto Arribas Hernández y Don PEDRO MARIA GOMEZ SANCHEZ, ha visto el recurso de apelación bajo el número de Rollo 308/07 interpuesto contra la Sentencia de fecha 29 de marzo de 2007 dictada el el incidente de impugnación de costas por indebidas, la cual estimaba la impugnación de la tasación de costas derivadas del Procedimiento Ordinario 1141/02 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número 20 de Madrid.
Han sido partes en el recurso, como apelante, la parte demandada en los autos principales, siendo apelada la parte demandante, ambas representadas y defendidas por los profesionales más arriba especificados.
Es magistrado ponente Don PEDRO MARIA GOMEZ SANCHEZ.
Antecedentes
PRIMERO.- Las actuaciones procesales objeto de este recurso de iniciaron mediante escrito de fecha 20 de octubre de 2006 presentado por la representación procesal de la entidad mercantil TRASER S.A. , mediante el cual , tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba apoyaban su pretensión, suplicaba que :
" Teniendo por presentado este escrito y sus copia, se sirva admitirlo, tener por impugnada la tasación de costras practicada y, seguidos los trámites de rigor, dicte la resolución que proceda declarando improcedente el incremento del IVA en los honorarios del Procurador (por importe de 156,95) y en los del Letrado (por importe de 2.719,20)."
SEGUNDO.- Tras seguirse los trámites oportunos y la celebración de juicio, el Juzgado Primera Instancia número 20 de Madrid dictó sentencia con fecha 29 de marzo de 2007 cuyo fallo era el siguiente:
"Estimo la impugnación de la tasación de costas de 4 de octubre de 2006 por el concepto de partidas indebidas formulada por TRASER S.A, declarando indebidas las partidas de IVA tanto en derechos del procurador como en honorarios del letrado, quedando reducida la tasación de costas a la cantidad de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (17.974.19Ñ). Sin hacer imposición de las costas de este incidente."
Notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación que, admitido por el Juzgado y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase.
TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28
MADRID
SENTENCIA: 00102/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION 28
MADRID
C/GRAL. MARTINEZ CAMPOS 27
Tfno : 914933189 Fax : 914931996
t6
Rollo : RECURSO DE APELACION 308/07
Proc. Origen : P. Ord. 1141/02
Órgano Procedencia : Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de Madrid
Recurrente : D. Jose Enrique , METALIBERICA S.A. y D. Jesús Ángel
Procurador : D. Isacio Calleja García
Abogado : D. Jose Enrique
Recurrida: TRASER S.A.
Procurador : D. Carlos Mairata Laviña
Abogado : D. Jesús Pérez de la Cruz Oña
ILMOS. SRS. MAGISTRADOS
D. RAFAEL SARAZA JIMENA
D. ENRIQUE GARCIA GARCIA
D. PEDRO MARIA GOMEZ SANCHEZ
En Madrid, a 17 de abril de 2008.
La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los Ilustrísimos Señores Don RAFAEL SARAZA JIMENA, Don ENRIQUE GARCIA GARCIA, Don Alberto Arribas Hernández y Don PEDRO MARIA GOMEZ SANCHEZ, ha visto el recurso de apelación bajo el número de Rollo 308/07 interpuesto contra la Sentencia de fecha 29 de marzo de 2007 dictada el el incidente de impugnación de costas por indebidas, la cual estimaba la impugnación de la tasación de costas derivadas del Procedimiento Ordinario 1141/02 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número 20 de Madrid.
Han sido partes en el recurso, como apelante, la parte demandada en los autos principales, siendo apelada la parte demandante, ambas representadas y defendidas por los profesionales más arriba especificados.
Es magistrado ponente Don PEDRO MARIA GOMEZ SANCHEZ.
PRIMERO.- Las actuaciones procesales objeto de este recurso de iniciaron mediante escrito de fecha 20 de octubre de 2006 presentado por la representación procesal de la entidad mercantil TRASER S.A. , mediante el cual , tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba apoyaban su pretensión, suplicaba que :
" Teniendo por presentado este escrito y sus copia, se sirva admitirlo, tener por impugnada la tasación de costras practicada y, seguidos los trámites de rigor, dicte la resolución que proceda declarando improcedente el incremento del IVA en los honorarios del Procurador (por importe de 156,95) y en los del Letrado (por importe de 2.719,20)."
SEGUNDO.- Tras seguirse los trámites oportunos y la celebración de juicio, el Juzgado Primera Instancia número 20 de Madrid dictó sentencia con fecha 29 de marzo de 2007 cuyo fallo era el siguiente:
"Estimo la impugnación de la tasación de costas de 4 de octubre de 2006 por el concepto de partidas indebidas formulada por TRASER S.A, declarando indebidas las partidas de IVA tanto en derechos del procurador como en honorarios del letrado, quedando reducida la tasación de costas a la cantidad de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (17.974.19Ñ). Sin hacer imposición de las costas de este incidente."
Notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación que, admitido por el Juzgado y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase.
TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
En atención a lo expuesto la Sala acuerda:
1.- Estimar el recurso de apelación interpuesto por la representación de Don Jesús Ángel, Don Jose Enrique y METALIBERICA, S.A. contra la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia número 20 de Madrid que se especifica en los antecedentes fácticos de la presente resolución.
2.- Revocar dicha resolución y, en consecuencia, desestimar íntegramente la impugnación de la tasación de costas formulada por TRASER, S.A..
3.- Imponer a la apelada TRASER, S.A. las costas originadas por su impugnación en la instancia precedente y no efectuar especial pronunciamiento en cuanto a las derivadas del presente recurso.
Así por esta sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los ilustrísimos señores magistrados integrantes de este Tribunal.
PUBLICACION.- Dada y pronunciada fué la anterior Sentencia por los Ilmos. Sres. Magistrados que la firman y leída por el/la Ilmo. Magistrado Ponente en el mismo día de su fecha, de lo que yo el/la Secretario certifico.
Fallo
En atención a lo expuesto la Sala acuerda:
1.- Estimar el recurso de apelación interpuesto por la representación de Don Jesús Ángel, Don Jose Enrique y METALIBERICA, S.A. contra la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia número 20 de Madrid que se especifica en los antecedentes fácticos de la presente resolución.
2.- Revocar dicha resolución y, en consecuencia, desestimar íntegramente la impugnación de la tasación de costas formulada por TRASER, S.A..
3.- Imponer a la apelada TRASER, S.A. las costas originadas por su impugnación en la instancia precedente y no efectuar especial pronunciamiento en cuanto a las derivadas del presente recurso.
Así por esta sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los ilustrísimos señores magistrados integrantes de este Tribunal.
PUBLICACION.- Dada y pronunciada fué la anterior Sentencia por los Ilmos. Sres. Magistrados que la firman y leída por el/la Ilmo. Magistrado Ponente en el mismo día de su fecha, de lo que yo el/la Secretario certifico.
