Última revisión
19/03/2009
Sentencia Civil Nº 122/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 1, Rec 742/2005 de 19 de Marzo de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 19 de Marzo de 2009
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: RECIO CORDOVA, ANTONIO RAMON
Nº de sentencia: 122/2009
Núm. Cendoj: 08019370012009100115
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCION PRIMERA
SENTENCIA Nº
Recurso de apelación nº 742/2005-2 bis
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados D. JOSÉ LUÍS BARRERA COGOLLOS, Dª Mª DOLORS PORTELLA LLUCH y D. ANTONIO RECIO CÓRDOVA, actuando el primero de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el presente incidente de impugnación
de tasación de costas practicada por la Sra. Secretaria de esta Sala, en el recurso de apelación nº 742/2005, formulado por el Procurador Geronimo en nombre y representación del apelante Raquel y Fernando .
S E N T E N C I A
Barcelona, a 19 de marzo de 2009
Antecedentes
PRIMERO.- Practicada por la Sra. Secretaria la tasación de costas en el presente rollo de apelación con fecha 1/10/08, a instancia de la apelante Raquel y Fernando , de la misma se dió traslado a las partes siendo impugnada por los apelados Custodia y Remigio , en cuanto a la partida de honorarios correspondiente al Procurador Geronimo , que se impugnaron por indebidos y los honorarios del letrado Rogelio que fueron impugnados por considerar los mismos excesivos.
SEGUNDO.- Tanto por el Procurador impugnado, Geronimo como por el Letrado impugnado Rogelio los cuales dejaron transcurrir los plazos sin hacer manifestación alguna; por cuya razón se continuó el trámite correspondiente y no habiéndose propuesto pruebas quedaron las actuaciones en la mesa del proveyente para dictar la resolución oportuna.
Fundamenta la decisión del Tribunal el Magistrado Ponente D. ANTONIO RECIO CÓRDOVA.
Fundamentos
PRIMERO.- Vistos los Antecedentes de Hecho y el Informe emitido por el Colegio de Abogados, y a la vista de lo resuelto en la sentencia de fecha 18/03/09 dictada en el Incidente de Impugnación de Tasación de Costas instado por el Procurador Sr. Geronimo en representación de Fernando y Raquel , procede mantener la misma fundamentación y partiendo de la cuantía del valor de las pretensiones en apelación, a efectos de cálculo de honorarios, y refiriéndose concretamente al pronunciamiento relativo a la no imposición de costas, procede estimar la cuantía a efectos de base de cálculo en la cifra de 43.950, 87 euros y que es la suma estimada de las costas que corresponderían a favor de las partes codemandadas/apelantes por las actuaciones relativas a la Primera Instancia del presente procedimiento. En su consecuencia, procede reducir los honorarios de abogado y procurador en análogos términos a los de la sentencia de fecha 18/03/09 de este mismo rollo.
SEGUNDO.- Procede condenar en las costas del presente incidente al letrado Don. Rogelio cuyos honorarios han sido considerados excesivos.
Fallo
El Tribunal acuerda: Estimar la impugnación de la tasación de costas por considerar excesivos los honorarios del letrado Don. Rogelio efectuada por el Procurador Sr. CARLOS TESTOR OLSINA en nombre y representación de Custodia y Remigio reduciendo la minuta del letrado Don. Rogelio a la cantidad de 2.421,08 euros más el IVA correspondiente (387,37 euros) que sumados a los derechos del Procurador Sr. Geronimo , fijados en 129,39 euros, más 22,29 de derechos de tasación no discutidos, dando un total de 151,68, más 24 euros de IVA , dan un total de 175, 68 euros, fijan el importe total de la presente tasación de costas en 2.983,45 euros .
Entregar al solicitante de la tasación de costas una certificación de esta resolución y de la notificación a las partes que le servirá de título ejecutivo para instar ante el juzgado de procedencia del pleito la oportuna demanda si fuera necesario.
Procede condenar en las costas del presente incidente al Letrado cuyos honorarios han sido consideraros excesivos, Don. Rogelio .
Pronuncian y firman esta sentencia los indicados Magistrados integrantes de este Tribunal.

