Última revisión
22/02/2008
Sentencia Civil Nº 135/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 478/2007 de 22 de Febrero de 2008
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Orden: Civil
Fecha: 22 de Febrero de 2008
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: FIGUERAS IZQUIERDO, AURORA
Nº de sentencia: 135/2008
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DIECIOCHO
ROLLO Nº 478-2007
MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 83/2006
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 17 DE BARCELONA
Ilmos. Sres.
D.ENRIC ANGLADA FORS
Dª.MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO
Dª. AURORA FIGUERAS IZQUIERDO
En la ciudad de Barcelona, a veintidos de febrero de dos mil ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciocho de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de
Modificación de Medidas de sentencia de reconocimiento de medidas paterno filiales y económicas seguidos por el Juzgado de
Primera Instancia nº 17 de Barcelona, a instancia de D. Jose Antonio representado por la Procuradora
Dª.Mónica Ribas Rulo y dirigido por la letrado Dª Raquel Eguizábal contra Dª. Sara
representada por la procuradora Dª Isabel Calvet Gimeno y dirigida por la letrado Dª.Mª Dolores Ruiz y la intervención preceptiva
del MINISTERIO FISCAL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte
demandante contra la Sentencia dictada en los mismos el día 27 de noviembre de 2006 por la magistrada del expresado
Juzgado.
Antecedentes
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por Don Jose Antonio representado por la Procuradora DOÑA MÓNICA RIBAS RULO contra DOÑA Sara representada por la Procuradora DOÑA ISABEL CALVET GIMENO , se acuerda la modificación de la pensión de alimentos del hijo en el sentido de dejar sin efecto la obligación del padre de abonar la mútua médica del menor.
No se hace especial pronunciamiento en costas ."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora , dándose traslado a la contraria que se opuso presentando también impugnación de la sentencia y presentándose oposición por el Ministerio Fiscal;elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 21 de febrero de 2008.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo ponente la Ilma. Sra. Dª. AURORA FIGUERAS IZQUIERDO .
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DIECIOCHO
ROLLO Nº 478-2007
MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 83/2006
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 17 DE BARCELONA
Ilmos. Sres.
D.ENRIC ANGLADA FORS
Dª.MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO
Dª. AURORA FIGUERAS IZQUIERDO
En la ciudad de Barcelona, a veintidos de febrero de dos mil ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciocho de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de
Modificación de Medidas de sentencia de reconocimiento de medidas paterno filiales y económicas seguidos por el Juzgado de
Primera Instancia nº 17 de Barcelona, a instancia de D. Jose Antonio representado por la Procuradora
Dª.Mónica Ribas Rulo y dirigido por la letrado Dª Raquel Eguizábal contra Dª. Sara
representada por la procuradora Dª Isabel Calvet Gimeno y dirigida por la letrado Dª.Mª Dolores Ruiz y la intervención preceptiva
del MINISTERIO FISCAL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte
demandante contra la Sentencia dictada en los mismos el día 27 de noviembre de 2006 por la magistrada del expresado
Juzgado.
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por Don Jose Antonio representado por la Procuradora DOÑA MÓNICA RIBAS RULO contra DOÑA Sara representada por la Procuradora DOÑA ISABEL CALVET GIMENO , se acuerda la modificación de la pensión de alimentos del hijo en el sentido de dejar sin efecto la obligación del padre de abonar la mútua médica del menor.
No se hace especial pronunciamiento en costas ."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora , dándose traslado a la contraria que se opuso presentando también impugnación de la sentencia y presentándose oposición por el Ministerio Fiscal;elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 21 de febrero de 2008.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo ponente la Ilma. Sra. Dª. AURORA FIGUERAS IZQUIERDO .
DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por Jose Antonio representado por el Procurador Doña Mónica Ribas contra la sentencia dictada en el procedimiento de Modificación de medidas filiales Autos nº 83/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº17 de Barcelona de fecha 27 de noviembre de 2006 y ESTIMAR la impugnación de Sara representada por la Procuradora Doña Isabel Calvet REVOCANDO PARCIALMENTE la mentada sentencia estableciendo la obligación de Jose Antonio de abonar la mútua médica del menor dejando subsistentes el resto de pronunciamientos.
Se imponen las costas de esta alzada a la parte apelante actora.
Notifiquese la presente resolución a las partes interesadas y verificado que sea , devuelvanse las actuaciones al Juzgado de su procedencia con copia de ésta resolución.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. Magistrados que integran este Tribunal.
PUBLICACION. En este día, y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.
Fallo
DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por Jose Antonio representado por el Procurador Doña Mónica Ribas contra la sentencia dictada en el procedimiento de Modificación de medidas filiales Autos nº 83/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº17 de Barcelona de fecha 27 de noviembre de 2006 y ESTIMAR la impugnación de Sara representada por la Procuradora Doña Isabel Calvet REVOCANDO PARCIALMENTE la mentada sentencia estableciendo la obligación de Jose Antonio de abonar la mútua médica del menor dejando subsistentes el resto de pronunciamientos.
Se imponen las costas de esta alzada a la parte apelante actora.
Notifiquese la presente resolución a las partes interesadas y verificado que sea , devuelvanse las actuaciones al Juzgado de su procedencia con copia de ésta resolución.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. Magistrados que integran este Tribunal.
PUBLICACION. En este día, y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.

