Última revisión
29/05/2009
Sentencia Civil Nº 143/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 300/2008 de 29 de Mayo de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 29 de Mayo de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: GARCIA GARCIA, ENRIQUE
Nº de sentencia: 143/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28
MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 28ª
Rollo de apelación nº 300/2008
Materia: Tasación de costas
Órgano judicial de origen: Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid
Autos de origen: ejecución nº 279/2006
SENTENCIA Nº H1H4H3
En Madrid, a 29 de mayo de 2009.
La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. Enrique García García, D. Alberto Arribas Hernández y D. José Ignacio Zarzuelo Descalzo, ha visto en grado de apelación, bajo el nº de rollo 300/2008, los autos procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid correspondientes al procedimiento de ejecución nº 279/2006, siendo objeto del
Han actuado en representación y defensa de las partes, el Procurador D Miguel Torres Álvarez y el Letrado D. José Prieto López por Ruanes Rebollo SL, D. Fidel y Dª Herminia y el Procurador D Gabriel Maria de Diego Quevedo y el Letrado D .Jesús Mª Sánchez Álvarez por IBERTRANS ARTICULADOS SL.
Antecedentes
PRIMERO.- Las actuaciones procesales se iniciaron mediante impugnación presentada con fecha 28 de septiembre de 2006 por la representación de IBERTRANS ARTICULADOS SL contra la tasación de costas practicada con fecha 31 de julio de 2006 por la Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid.
SEGUNDO.- Tras seguirse el trámite de impugnación por la inclusión en la tasación de partidas el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid dictó resolución, con fecha 17 de octubre de 2007 , que disponía lo siguiente:
"Estimar la impugnación por razón de partidas indebidas formulada por el procurador Sr. De Diego, en nombre y representación de IBERTRANS ARTICULADOS SL, respecto de la tasación de costas de fecha 31-07-06, emitida en estos autos y, en consecuencia, dejar reducida la partida de honorarios de letrado a la cantidad de 1.000 más IVA y la de derechos de procurador a 107,61 euros. Todo ello con especial imposición a la parte impugnada de las costas originadas en el presente incidente ".
TERCERO.- Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de Ruanes Rebollo SL, D. Fidel y Dª Herminia se interpuso recurso de apelación que, admitido por el mencionado juzgado y tramitado en legal forma, con oposición al mismo por parte de la de IBERTRANS ARTICULADOS SL, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase. La deliberación y votación para el fallo del asunto se realizó con fecha 28 de mayo de 2009.
Ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique García García, que expresa el parecer del tribunal.
CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28
MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 28ª
Rollo de apelación nº 300/2008
Materia: Tasación de costas
Órgano judicial de origen: Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid
Autos de origen: ejecución nº 279/2006
SENTENCIA Nº H1H4H3
En Madrid, a 29 de mayo de 2009.
La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. Enrique García García, D. Alberto Arribas Hernández y D. José Ignacio Zarzuelo Descalzo, ha visto en grado de apelación, bajo el nº de rollo 300/2008, los autos procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid correspondientes al procedimiento de ejecución nº 279/2006, siendo objeto del
Han actuado en representación y defensa de las partes, el Procurador D Miguel Torres Álvarez y el Letrado D. José Prieto López por Ruanes Rebollo SL, D. Fidel y Dª Herminia y el Procurador D Gabriel Maria de Diego Quevedo y el Letrado D .Jesús Mª Sánchez Álvarez por IBERTRANS ARTICULADOS SL.
PRIMERO.- Las actuaciones procesales se iniciaron mediante impugnación presentada con fecha 28 de septiembre de 2006 por la representación de IBERTRANS ARTICULADOS SL contra la tasación de costas practicada con fecha 31 de julio de 2006 por la Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid.
SEGUNDO.- Tras seguirse el trámite de impugnación por la inclusión en la tasación de partidas el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid dictó resolución, con fecha 17 de octubre de 2007 , que disponía lo siguiente:
"Estimar la impugnación por razón de partidas indebidas formulada por el procurador Sr. De Diego, en nombre y representación de IBERTRANS ARTICULADOS SL, respecto de la tasación de costas de fecha 31-07-06, emitida en estos autos y, en consecuencia, dejar reducida la partida de honorarios de letrado a la cantidad de 1.000 más IVA y la de derechos de procurador a 107,61 euros. Todo ello con especial imposición a la parte impugnada de las costas originadas en el presente incidente ".
TERCERO.- Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de Ruanes Rebollo SL, D. Fidel y Dª Herminia se interpuso recurso de apelación que, admitido por el mencionado juzgado y tramitado en legal forma, con oposición al mismo por parte de la de IBERTRANS ARTICULADOS SL, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase. La deliberación y votación para el fallo del asunto se realizó con fecha 28 de mayo de 2009.
Ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique García García, que expresa el parecer del tribunal.
CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación de Ruanes Rebollo SL, D. Fidel y Dª Herminia contra la sentencia dictada el 17 de octubre de 2007 por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid , en el expediente de ejecución nº 279/2006 del que este rollo dimana, e imponemos a dicha parte las costas derivas de su recurso.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los ilustrísimos señores magistrados integrantes de este tribunal.
PUBLICACION.- Dada y pronunciada fué la anterior Sentencia por los Ilmos. Sres. Magistrados que la firman y leída por el/la Ilmo. Magistrado Ponente en el mismo día de su fecha, de lo que yo el/la Secretario certifico.
Fallo
Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación de Ruanes Rebollo SL, D. Fidel y Dª Herminia contra la sentencia dictada el 17 de octubre de 2007 por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid , en el expediente de ejecución nº 279/2006 del que este rollo dimana, e imponemos a dicha parte las costas derivas de su recurso.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los ilustrísimos señores magistrados integrantes de este tribunal.
PUBLICACION.- Dada y pronunciada fué la anterior Sentencia por los Ilmos. Sres. Magistrados que la firman y leída por el/la Ilmo. Magistrado Ponente en el mismo día de su fecha, de lo que yo el/la Secretario certifico.
