Última revisión
12/03/2008
Sentencia Civil Nº 151/2008, Audiencia Provincial de Valencia, Rec 964/2007 de 12 de Marzo de 2008
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Orden: Civil
Fecha: 12 de Marzo de 2008
Tribunal: AP - Valencia
Ponente: CERDAN VILLALBA, MARIA PILAR EUGENIA
Nº de sentencia: 151/2008
Encabezamiento
2
Rollo 964/07
Rollo nº 000964/2007
Sección Séptima
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Magistrados/as
Dª. PILAR CERDAN VILLALBA
Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a doce de marzo de dos mil ocho.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000857/2006 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 15 DE VALENCIA entre partes; de una como demandado - apelante/s Jose Augusto dirigido por el/la letrado/a D/Dª. ERNESTO ALBEROLA MATEOS y representado por el/la Procurador/a D/Dª DON MOISES TOCA HERRERA, y de otra como demandante - apelado/s PELAYO MUTUA DE SEGUROS dirigido por el/la letrado/a D/Dª. CARLOS SANCHEZ-TARAZAGA MARCELINO y representado por el/la Procurador/a D/Dª MERCEDES MARTINEZ GOMEZ, y de otra, como demandado-apelado y Pedro Jesús , no llegado a comparecer en la alzada.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. PILAR CERDAN VILLALBA.
Antecedentes
PRIMERO.- En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 15 DE VALENCIA , con fecha 5 de julio de 2.007 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda a instancia de la Procuradora Doña Mercedes Martínez Gómez, en nombre y representación de Pelayo Mutua de Seguros, frente a don Juan y don Pedro Jesús , debo condenar a don Jose Augusto y a don Pedro Jesús a que indemnicen a Pelayo Mutua de Seguros en la cantidad de 60.258'20 euros, con los intereses legales y las costas causadas". Resolución, aclarada por Auto de fecha 11 de julio de 2.007 , cuya parte dispositiva en lo necesario, es como sigue: "Se aclara la Sentencia número 150/2007, de fecha 05 de julio de 2.007 , en el sentido: Donde dice en el Fundamento Primero, párrafo segundo, en el Fundamento Segundo, párrafo segundo, y en el Fundamento Tercero, párrafo segundo: "... Jose Augusto ...", debe decir: "...Don Jose Augusto ..."; Y donde se dice en el Fallo: "...frente a don Juan y don Pedro Jesús , debo condenar y condeno a Don Jose Augusto ...", debe decir: "...frente a don Jose Augusto y don Pedro Jesús , debo condenar y condeno a don Jose Augusto ..."."
SEGUNDO.-Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada Sr. Jose Augusto se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 10 de marzo de 2.008 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
TERCERO.-En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
Fundamentos
2
Rollo 964/07
Rollo nº 000964/2007
Sección Séptima
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Magistrados/as
Dª. PILAR CERDAN VILLALBA
Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a doce de marzo de dos mil ocho.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000857/2006 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 15 DE VALENCIA entre partes; de una como demandado - apelante/s Jose Augusto dirigido por el/la letrado/a D/Dª. ERNESTO ALBEROLA MATEOS y representado por el/la Procurador/a D/Dª DON MOISES TOCA HERRERA, y de otra como demandante - apelado/s PELAYO MUTUA DE SEGUROS dirigido por el/la letrado/a D/Dª. CARLOS SANCHEZ-TARAZAGA MARCELINO y representado por el/la Procurador/a D/Dª MERCEDES MARTINEZ GOMEZ, y de otra, como demandado-apelado y Pedro Jesús , no llegado a comparecer en la alzada.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. PILAR CERDAN VILLALBA.
PRIMERO.- En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 15 DE VALENCIA , con fecha 5 de julio de 2.007 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda a instancia de la Procuradora Doña Mercedes Martínez Gómez, en nombre y representación de Pelayo Mutua de Seguros, frente a don Juan y don Pedro Jesús , debo condenar a don Jose Augusto y a don Pedro Jesús a que indemnicen a Pelayo Mutua de Seguros en la cantidad de 60.258'20 euros, con los intereses legales y las costas causadas". Resolución, aclarada por Auto de fecha 11 de julio de 2.007 , cuya parte dispositiva en lo necesario, es como sigue: "Se aclara la Sentencia número 150/2007, de fecha 05 de julio de 2.007 , en el sentido: Donde dice en el Fundamento Primero, párrafo segundo, en el Fundamento Segundo, párrafo segundo, y en el Fundamento Tercero, párrafo segundo: "... Jose Augusto ...", debe decir: "...Don Jose Augusto ..."; Y donde se dice en el Fallo: "...frente a don Juan y don Pedro Jesús , debo condenar y condeno a Don Jose Augusto ...", debe decir: "...frente a don Jose Augusto y don Pedro Jesús , debo condenar y condeno a don Jose Augusto ..."."
SEGUNDO.-Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada Sr. Jose Augusto se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 10 de marzo de 2.008 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
TERCERO.-En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
Con desestimación del recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Jose Augusto contra la Sentencia de fecha 5 de julio del 2007, dictada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 15 de Valencia , confirmamos en un todo sus pronunciamientos. Todo ello, con expresa imposición de las costas causadas en esta alzada a la parte apelante.
Y a su tiempo con testimonio literal de la presente resolución, devuélvanse las actuaciones al juzgado de procedencia, para constancia de lo resuelto y subsiguientes efectos, llevándose otra certificación de la misma al rollo de su razón.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Doy fé: la anterior resolución, ha sido leída y publicada por el Iltmo/a. Sr/a, Magistrado/a Ponente, estando celebrando audiencia pública, la Sección Séptima de la Iltma. Audiencia Provincial en el día de la fecha. Valencia, a doce de marzo de dos mil ocho.
Fallo
Con desestimación del recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Jose Augusto contra la Sentencia de fecha 5 de julio del 2007, dictada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 15 de Valencia , confirmamos en un todo sus pronunciamientos. Todo ello, con expresa imposición de las costas causadas en esta alzada a la parte apelante.
Y a su tiempo con testimonio literal de la presente resolución, devuélvanse las actuaciones al juzgado de procedencia, para constancia de lo resuelto y subsiguientes efectos, llevándose otra certificación de la misma al rollo de su razón.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Doy fé: la anterior resolución, ha sido leída y publicada por el Iltmo/a. Sr/a, Magistrado/a Ponente, estando celebrando audiencia pública, la Sección Séptima de la Iltma. Audiencia Provincial en el día de la fecha. Valencia, a doce de marzo de dos mil ocho.

