Última revisión
Sentencia Civil Nº 167, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 230 de 06 de Julio de 2000
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 06 de Julio de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SANCHEZ HERRERO, JOSE RAMON
Nº de sentencia: 167
Nº de recurso: 230
Resumen
Interdicto de Obra Nueva.
La sentencia dictada en estos autos acogió la demanda
interdictal interpuesta por la demandante, al considerar que las obras de
construcción de un hotel por la entidad demandada le ha ocasionado graves
perjuicios en la finca de su propiedad.
La jurisprudencia mayoritaria se ha inclinado a elegir
preferentemente como cauce adecuado para la defensa de la posesión, cuando el
ataque procede de una obra en ejecución, al interdicto de obra nueva. Por esta
razón, se rechazan los motivos alegados por la recurrente relativos a que la
acción ejercitada sea inadecuada tanto porque proceda el interdicto de recobrar
y no el de obra nueva o porque la perturbación haya sido sólo en la finca de la
actora.
La misma suerte debe correr la alegación de que las obras
ya han sido ejecutadas y el despojo es irreversible, pues la obra ha de
considerarse una unidad y la misma no se ha terminado.
Las alegaciones de la demandante relativas a que se ha
continuado construyendo entre la primera orden de paralización y el momento de
la diligencia de inspección ocular de la obra, constatadas, no pueden ser
acogidas, pues la sentencia dictada se ha limitado a ratificar la inicial orden
de suspensión realizada en la que se hizo ya el oportuno apercibimiento de demolición
de todo aquello que pudiera construirse en adelante. Y la ley no permite
acordar la demolición de lo que se haya construido después de ese momento, ni
mucho menos ordenar el retranqueo de la construcción.
Voces
Obra nueva
Interdictos
Interdicto de obra nueva
Interdicto de recobrar la posesión
Sociedad de responsabilidad limitada
Interdicto de retener la posesión
Daños y perjuicios
Derechos reales
Secuelas
Apercibimiento
Inspección ocular
Proyecto de obras
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