Sentencia CIVIL Nº 179/2021, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 3, Rec 385...e 20 de Mayo de 2021
Sentencia CIVIL Nº 179/20...yo de 2021

Última revisión
08/11/2021

Sentencia CIVIL Nº 179/2021, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 3, Rec 385/2020 de 20 de Mayo de 2021

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Orden: Civil

Fecha: 20 de Mayo de 2021

Tribunal: AP - Vizcaya

Ponente: KELLER ECHEVARRIA, MARIA CARMEN

Nº de sentencia: 179/2021

Nº de recurso: 385/2020

Núm. Cendoj: 48020370032021100127

Núm. Ecli: ES:APBI:2021:1496

Núm. Roj: SAP BI 1496:2021

Resumen
PRIMERO.- Recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de 'Miesa Ingeniería S.A'. Motivos del recurso. Respecto al Proyecto de Coatazcoalcos se alega que la demandada mantenía la inadecuada ejecución del proyecto por la recurrente, pretendiendo la minoración del precio reclamado para ajustar el debido equilibrio entre las prestaciones de las partes, debiendo retenerse el precio en cuantía necesaria para atender los vicios, defectos y daños y perjuicios derivados, es decir que solo oponía minorar el importe de la factura pero en ningún caso tal pretensión puede llevar a la liberación de la demandada a pagar cantidad alguna. En cuanto a la exceptio non rite adempli contractus, se alega que reconociendo el cumplimiento defectuoso por parte de la hoy parte apelante, (informe Moledo apartado 5.2.10 fallos de comunicación con BMS), actora principal en la instancia, Lointek optó por realizar la subsanación por sus propios medios, contratando empresas especializadas al efecto (Kaisser/Siemens) exigiendo a Miesa la reparación por su equivalente pecuniario, trasladándole el deber de soportar los sobre costes y de los perjuicios supuestamente sufridos, pero cuestión distinta es a cuanto asciende dicho importe, y la minoración lo que la sentencia no hace al no determinar en que consistieron los fallos de programación cometidos por Miesa y cual era por tanto el importe de minoración proporcional que debía asumir por tal motivo . A lo anterior se añade que correspondía a la parte adversa acreditar el defecto o inexactitud de la prestación que ejecutó y la propia recurrente supliendo el deber de probar de la adversa aportó el informe Moledo que identifica los errores de programación responsabilidad de Miesa, en contraposición la demandada aporto el informe Aseper, que la sentencia no considera suficiente como valor probatorio lo que comparte la recurrente. En cuanto al testigo-perito Joaquín, se estima que la sentencia de instancia incurre en un error en cuanto a que los

Voces

Prueba pericial

Daños y perjuicios

Valoración de la prueba

Exceptio non rite adimpleti contractus

Buena fe

Medios de prueba

Informes periciales

Reglas de la sana crítica

Contrato de arrendamiento de obra

Objeto del contrato

Fuerza probatoria

Exceptio non adimpleti contractus

Incumplimiento defectuoso

Interpretación de los contratos

Reconvención

Representación procesal

Práctica de la prueba

Aval

Impugnación de la sentencia

Contraprestación

Acción resolutoria

Prueba de testigos

Interrogatorio de testigos

Principio de contradicción

Indefensión

Audiencia previa

Presentación de documentos y dictámenes

Prueba pertinente

Sana crítica

Pluralidad de partes

Aval bancario

Caducidad

Obligación de hacer

Prueba documental

Grabación

Reembolso