Sentencia Civil Nº 205/20...il de 2008

Última revisión
21/04/2008

Sentencia Civil Nº 205/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 31/2007 de 21 de Abril de 2008

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Orden: Civil

Fecha: 21 de Abril de 2008

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: PORTELLA LLUCH, MARIA DOLORES

Nº de sentencia: 205/2008


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 31/07

Procedente del procedimiento nº 67/05 Juicio ordinario

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Barcelona (ant.Cl-2)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y DON ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de

ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 31/07 interpuesto contra la sentencia dictada el día 13 de

junio de 2006 en el procedimiento nº 67/05 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Badalona (ant. Cl-2), en el

que son recurrentes COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE DIRECCION000 NUM000 - NUM001 DE BADALONA, y apelados

INMONAU, S.A., CONSTRUCCIONES TORCA,S.A., DÑA. Dolores , DON Pedro Enrique , PONSIRENAS PUIG I ASSOCIATS, S.L. y D. Luis Antonio , previa deliberación, pronuncia en

nombre de S.M. el Rey de España la siguiente

S E N T E N C I A

Barcelona, 21 de abril de 2008

Antecedentes

PRIMERO.- La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que, estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Caba Samper, en nombre y representación de la "Comunidad de Propietarios de DIRECCION000 , NUM000 - NUM001 de Badalona, debo condenar a "Inmonau, S.A." y a "Construcciones Torca, S.A." al pago solidario a la actora de la cantidad de 7.500 euros, más intereses procesales.

Sin hacer mención alguna en materia de costas.

Que, desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procurador Sra. Caba Samper, debo absolver a "Ponsirenas Puig i Associats, S.L.", D. Luis Antonio , D. Pedro Enrique y Dª Dolores de todas las pretensiones que contra ellos se dirigían.

Sin hacer pronunciamiento alguno en materia de costas.

SEGUNDO.- Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal la Magistrada Ponente DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH.

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 31/07

Procedente del procedimiento nº 67/05 Juicio ordinario

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Barcelona (ant.Cl-2)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y DON ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de

ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 31/07 interpuesto contra la sentencia dictada el día 13 de

junio de 2006 en el procedimiento nº 67/05 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Badalona (ant. Cl-2), en el

que son recurrentes COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE DIRECCION000 NUM000 - NUM001 DE BADALONA, y apelados

INMONAU, S.A., CONSTRUCCIONES TORCA,S.A., DÑA. Dolores , DON Pedro Enrique , PONSIRENAS PUIG I ASSOCIATS, S.L. y D. Luis Antonio , previa deliberación, pronuncia en

nombre de S.M. el Rey de España la siguiente

S E N T E N C I A

Barcelona, 21 de abril de 2008

PRIMERO.- La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que, estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Caba Samper, en nombre y representación de la "Comunidad de Propietarios de DIRECCION000 , NUM000 - NUM001 de Badalona, debo condenar a "Inmonau, S.A." y a "Construcciones Torca, S.A." al pago solidario a la actora de la cantidad de 7.500 euros, más intereses procesales.

Sin hacer mención alguna en materia de costas.

Que, desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procurador Sra. Caba Samper, debo absolver a "Ponsirenas Puig i Associats, S.L.", D. Luis Antonio , D. Pedro Enrique y Dª Dolores de todas las pretensiones que contra ellos se dirigían.

Sin hacer pronunciamiento alguno en materia de costas.

SEGUNDO.- Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal la Magistrada Ponente DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH.

El Tribunal acuerda: Estimamos en parte el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios del edificio sito en la DIRECCION000 número NUM000 - NUM001 de Badalona contra la sentencia de 13 de junio de 2006 dictada por el Sr. Juez del juzgado de primera instancia número 2 de Badalona que revocamos y en su lugar acordamos estimar en parte la demanda y condenar conjunta y solidariamente a los demandados Inmonau SA, Construcciones Torca, SA, Dña. Inmaculada Serraima Milán SA, D. Pedro Enrique , D. Luis Antonio y Emilio i Associats SL a lo siguiente:

a) A la reparación de las placas de revestimiento de la fachada del edificio sito en la DIRECCION000 número NUM000 - NUM001 de Badalona dentro del plazo que señale el juez de instancia.

b)A la reparación de las grietas y fisuras existentes en las paredes de cierre de las viviendas del indicado edificio, también en el término fijado en la instancia.

c)Al reintegro a la Comunidad actora de la cantidad de 16.228,65 euros.

d) Al pago de las costas de la instancia.

No hacemos expresa condena en las costas de esta alzada.

Firme esta resolución, devuélvanse los autos al Juzgado de su procedencia, con certificación de la misma.

Pronuncian y firman esta sentencia los indicados Magistrados integrantes de este Tribunal.

Fallo

El Tribunal acuerda: Estimamos en parte el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios del edificio sito en la DIRECCION000 número NUM000 - NUM001 de Badalona contra la sentencia de 13 de junio de 2006 dictada por el Sr. Juez del juzgado de primera instancia número 2 de Badalona que revocamos y en su lugar acordamos estimar en parte la demanda y condenar conjunta y solidariamente a los demandados Inmonau SA, Construcciones Torca, SA, Dña. Inmaculada Serraima Milán SA, D. Pedro Enrique , D. Luis Antonio y Emilio i Associats SL a lo siguiente:

a) A la reparación de las placas de revestimiento de la fachada del edificio sito en la DIRECCION000 número NUM000 - NUM001 de Badalona dentro del plazo que señale el juez de instancia.

b)A la reparación de las grietas y fisuras existentes en las paredes de cierre de las viviendas del indicado edificio, también en el término fijado en la instancia.

c)Al reintegro a la Comunidad actora de la cantidad de 16.228,65 euros.

d) Al pago de las costas de la instancia.

No hacemos expresa condena en las costas de esta alzada.

Firme esta resolución, devuélvanse los autos al Juzgado de su procedencia, con certificación de la misma.

Pronuncian y firman esta sentencia los indicados Magistrados integrantes de este Tribunal.

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