Sentencia Civil Nº 238/20...yo de 2004

Última revisión
28/05/2004

Sentencia Civil Nº 238/2004, Audiencia Provincial de Baleares, Sección 3, Rec 136/2004 de 28 de Mayo de 2004

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Orden: Civil

Fecha: 28 de Mayo de 2004

Tribunal: AP - Baleares

Ponente: MASSANET MORAGUES, JAUME

Nº de sentencia: 238/2004

Núm. Cendoj: 07040370032004100253

Núm. Ecli: ES:APIB:2004:839

Núm. Roj: SAP IB 839/2004

Resumen
La Audiencia Provincial de Baleares desestima el recurso de apelación de la entidad bancaria sobre reclamación de cantidad; la Sala confirma la sentencia de instancia que condenó al banco a reintegrar al actor la cantidad sustraída al haber sido utilizada por tercero su tarjeta de crédito, condena que tiene su fundamento en el deber del banco de responder por los establecimientos donde se efectuó el gasto fraudulento, que aceptan como medio de pago la tarjeta sin realizar las comprobaciones oportunas; la Sala considera que el titular de la tarjeta puede legítimamente esperar que los demás intervinientes (entidad emisora y establecimientos asociados), conocedores de la calidad de personal e intransferible de la tarjeta, se cercioren de la identidad de los usuarios, y comprueben la autenticidad de la firma, y en su caso, soliciten la exhibición de la oportuna documentación acreditativa, algo que no ha ocurrido en el presente caso, por lo que no puede considerarse que la actora haya incurrido en negligencia o haya actuado con falta de diligencia, contraviniendo el tenor contractual.

Voces

Tarjetas de débito

Entidades de crédito

Reclamación de cantidad

Culpa

Medios de pago

Contrato de tarjeta de crédito

Tarjetas de crédito

Acción personal

Interés legal del dinero

Intereses legales

Relación contractual

Comercio minorista

Nulidad de la cláusula

Reformatio in peius

Incumplimiento de las obligaciones

Cheque

Buena fe

Comerciantes

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00238/2004

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000136 /2004

SENTENCIA Nº 238

Ilmos. Señores:

PRESIDENTE

Dª Maria Rosa Rigo Rosselló

MAGISTRAD…

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