Sentencia Civil Nº 248/20...il de 2008

Última revisión
08/04/2008

Sentencia Civil Nº 248/2008, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 210/2008 de 08 de Abril de 2008

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Orden: Civil

Fecha: 08 de Abril de 2008

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: NEIRA VAZQUEZ, CARMEN

Nº de sentencia: 248/2008


Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22

MADRID

SENTENCIA: 00248/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 22

C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)

Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210

N.I.G. 28000 1 7001761 /2008

Rollo: RECURSO DE APELACION 210 /2008

Proc. Origen: MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 127 /2007

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de ALCOBENDAS

De: Benedicto

Procurador: EUSEBIO RUIZ ESTEBAN

Contra: Clara

Procurador: MARIA DEL PILAR GARCIA MAS

SENTENCIA

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilma. Sra. Doña Carmen Neira Vázquez

En Madrid, a ocho de abril de dos mil ocho.

La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas seguidos, bajo el nº 127/07 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de los de Alcobendas, entre partes:

De una, como apelante-demandante Don Benedicto, representado por el Procurador Don Eusebio Ruiz Esteban.

De la otra, como apelada-demandada Doña Clara.

Fue igualmente parte el Ministerio Fiscal

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Carmen Neira Vázquez.

Antecedentes

PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO.- Con fecha 25 de junio de 2007 por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de los de Alcobendas se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que desestimo la demanda de modificación de medidas definitivas interpuesta por la procuradora Macarena Abollado Garro en nombre y representación de Benedicto y ABSUELVO a Clara de los pedimentos formulados contra ella.

Se imponen las costas del proceso al actor."

TERCERO.- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación legal de Don Benedicto previos los trámites oportunos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que ha comparecido la parte apelante, sustanciándose los recursos por sus cauces legales y quedando los autos listos para deliberación, votación y fallo.

CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22

MADRID

SENTENCIA: 00248/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 22

C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)

Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210

N.I.G. 28000 1 7001761 /2008

Rollo: RECURSO DE APELACION 210 /2008

Proc. Origen: MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 127 /2007

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de ALCOBENDAS

De: Benedicto

Procurador: EUSEBIO RUIZ ESTEBAN

Contra: Clara

Procurador: MARIA DEL PILAR GARCIA MAS

SENTENCIA

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilma. Sra. Doña Carmen Neira Vázquez

En Madrid, a ocho de abril de dos mil ocho.

La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas seguidos, bajo el nº 127/07 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de los de Alcobendas, entre partes:

De una, como apelante-demandante Don Benedicto, representado por el Procurador Don Eusebio Ruiz Esteban.

De la otra, como apelada-demandada Doña Clara.

Fue igualmente parte el Ministerio Fiscal

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Carmen Neira Vázquez.

PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO.- Con fecha 25 de junio de 2007 por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de los de Alcobendas se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que desestimo la demanda de modificación de medidas definitivas interpuesta por la procuradora Macarena Abollado Garro en nombre y representación de Benedicto y ABSUELVO a Clara de los pedimentos formulados contra ella.

Se imponen las costas del proceso al actor."

TERCERO.- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación legal de Don Benedicto previos los trámites oportunos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que ha comparecido la parte apelante, sustanciándose los recursos por sus cauces legales y quedando los autos listos para deliberación, votación y fallo.

CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Que desestimando el recurso de apelación formulado por Don Benedicto contra la Sentencia dictada en fecha 25 de junio de 2007, por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de los de Alcobendas , en autos de modificación de medidas seguidos, bajo el nº 127/07, entre dicho litigante y Doña Clara, debemos confirmar y confirmamos la resolución impugnada, con expresa imposición de las costas procesales causadas en la presente alzada a la parte apelante.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al rollo de la Sala y será notificada a las partes en legal forma, con sujeción a lo prevenido en el artículo 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

E/

PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha, fue leída y publicada la

sentencia por la Ilma. Magistrada Ponente Doña Carmen Neira Vázquez; doy fe.

Fallo

Que desestimando el recurso de apelación formulado por Don Benedicto contra la Sentencia dictada en fecha 25 de junio de 2007, por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de los de Alcobendas , en autos de modificación de medidas seguidos, bajo el nº 127/07, entre dicho litigante y Doña Clara, debemos confirmar y confirmamos la resolución impugnada, con expresa imposición de las costas procesales causadas en la presente alzada a la parte apelante.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al rollo de la Sala y será notificada a las partes en legal forma, con sujeción a lo prevenido en el artículo 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

E/

PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha, fue leída y publicada la

sentencia por la Ilma. Magistrada Ponente Doña Carmen Neira Vázquez; doy fe.

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