Sentencia Civil Nº 290/20...re de 2009

Última revisión
21/09/2009

Sentencia Civil Nº 290/2009, Audiencia Provincial de Tarragona, Rec 138/2009 de 21 de Septiembre de 2009

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Orden: Civil

Fecha: 21 de Septiembre de 2009

Tribunal: AP - Tarragona

Ponente: DIAZ MUYOR, MANUEL

Nº de sentencia: 290/2009


Encabezamiento

ROLLO NUM. 138/2009

DIVORCIO NUM. 614/2006

EL VENDRELL NUM. TRES

S E N T E N C I A NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

MAGISTRADOS

D. Manuel Díaz Muyor

Dª Rebeca Carpi Martín

En Tarragona, a 21 de septiembre de 2009.

La sección primera de esta Audiencia Provincial, constituida por los señores anotados al margen, ha visto en grado de apelación, los autos nº 614/2006 seguidos ante el Juzgado Primera Instancia nº 3 de El Vendrell, Rollo de Sala número 138/2009, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada con fecha 8 de octubre de 2007 dictada en el referido procedimiento. Es apelante la parte demandada Dª Adelaida , representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Farré Lerin y defendida por el Letrado Sr. Cortés. Es apelado D. Rodolfo , representada por la Procuradora Sra. Ferrer Martinez Gavaldá y asistida de la Letrada Sra. Verger.

Antecedentes

PRIMERO.- La parte dispositiva de la indicada sentencia dice literalmente así: "Que estimando la demanda de Divorcio Contencioso interpuesta por D. Rodolfo contra Dª Adelaida : 1-Debo declarar y declaro la disolución del matrimonio contraído por ambos esposos en fecha 4 de marzo de 1990 en Monserrat y con las consecuencias legales civiles inherentes a tal pronunciamiento; 2-Debo declarar y declaro la extinción del condominio sobre la finca objeto de autos, la procedencia de la acción divisoria sobre cosa común ejercitada por el actor y, en consecuencia dispongo que en caso de que no exista acuerdo entre las partes respecto de la adjudicación de la finca a uno de ellos con reintegro de la mitad del valor o la venta por tercero, se proceda a la venta en pública subasta, de la finca: "vivienda sita en calle DIRECCION000 nº NUM000 , NUM001 , NUM002 de Seguro de Calafell, inscrita en el Registro de la Propiedad de Calafell, en el tomo NUM003 , Libro NUM004 de Calafell, folio NUM004 , Finca Registral nº NUM005 , y su anejo-trastero, inscrito en el citado Registro, Tomo NUM006 , Libro NUM007 de Calafell, Folio NUM008 , finca registral nº NUM009 , y, que se distribuya el importe que se obtenga entre los condóminios por partes iguales, a no ser que haya adjudicación a favor de uno de ellos o, de los dos, en cuyo caso, una parte deberá de abonar la cantidad que corresponda a la otra parte, o compensarse la diferencia y, una vez deducidos los gastos ocasionados; condenando a los demandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones. Se desestiman las pretensiones instadas por la Dª Adelaida por falta de legitimación activa para ello. No se hace expresa condena en costas a ninguna de las partes en esta instancia".

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución la parte demandada formalizó recurso de apelación, que el Juzgado admitió y dio traslado del mismo a la parte actora que lo impugnó. A continuación, remitió los autos a esta Audiencia Sección Primera.

TERCERO.- Una vez recibidos los autos, el Tribunal acordó formar Rollo y designó Magistrado Ponente, al que se entregaron las actuaciones para que, previa deliberación, propusiera a la Sala la resolución oportuna.

CUARTO.- En la tramitación de esta segunda instancia, se han observado las prescripciones legales esenciales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Manuel Díaz Muyor.

Fundamentos

ROLLO NUM. 138/2009

DIVORCIO NUM. 614/2006

EL VENDRELL NUM. TRES

S E N T E N C I A NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

MAGISTRADOS

D. Manuel Díaz Muyor

Dª Rebeca Carpi Martín

En Tarragona, a 21 de septiembre de 2009.

La sección primera de esta Audiencia Provincial, constituida por los señores anotados al margen, ha visto en grado de apelación, los autos nº 614/2006 seguidos ante el Juzgado Primera Instancia nº 3 de El Vendrell, Rollo de Sala número 138/2009, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada con fecha 8 de octubre de 2007 dictada en el referido procedimiento. Es apelante la parte demandada Dª Adelaida , representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Farré Lerin y defendida por el Letrado Sr. Cortés. Es apelado D. Rodolfo , representada por la Procuradora Sra. Ferrer Martinez Gavaldá y asistida de la Letrada Sra. Verger.

PRIMERO.- La parte dispositiva de la indicada sentencia dice literalmente así: "Que estimando la demanda de Divorcio Contencioso interpuesta por D. Rodolfo contra Dª Adelaida : 1-Debo declarar y declaro la disolución del matrimonio contraído por ambos esposos en fecha 4 de marzo de 1990 en Monserrat y con las consecuencias legales civiles inherentes a tal pronunciamiento; 2-Debo declarar y declaro la extinción del condominio sobre la finca objeto de autos, la procedencia de la acción divisoria sobre cosa común ejercitada por el actor y, en consecuencia dispongo que en caso de que no exista acuerdo entre las partes respecto de la adjudicación de la finca a uno de ellos con reintegro de la mitad del valor o la venta por tercero, se proceda a la venta en pública subasta, de la finca: "vivienda sita en calle DIRECCION000 nº NUM000 , NUM001 , NUM002 de Seguro de Calafell, inscrita en el Registro de la Propiedad de Calafell, en el tomo NUM003 , Libro NUM004 de Calafell, folio NUM004 , Finca Registral nº NUM005 , y su anejo-trastero, inscrito en el citado Registro, Tomo NUM006 , Libro NUM007 de Calafell, Folio NUM008 , finca registral nº NUM009 , y, que se distribuya el importe que se obtenga entre los condóminios por partes iguales, a no ser que haya adjudicación a favor de uno de ellos o, de los dos, en cuyo caso, una parte deberá de abonar la cantidad que corresponda a la otra parte, o compensarse la diferencia y, una vez deducidos los gastos ocasionados; condenando a los demandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones. Se desestiman las pretensiones instadas por la Dª Adelaida por falta de legitimación activa para ello. No se hace expresa condena en costas a ninguna de las partes en esta instancia".

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución la parte demandada formalizó recurso de apelación, que el Juzgado admitió y dio traslado del mismo a la parte actora que lo impugnó. A continuación, remitió los autos a esta Audiencia Sección Primera.

TERCERO.- Una vez recibidos los autos, el Tribunal acordó formar Rollo y designó Magistrado Ponente, al que se entregaron las actuaciones para que, previa deliberación, propusiera a la Sala la resolución oportuna.

CUARTO.- En la tramitación de esta segunda instancia, se han observado las prescripciones legales esenciales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Manuel Díaz Muyor.

QUE DEBEMOS ESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por Dª. Adelaida contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 3 de El Vendrell el día 8 de octubre de 2007 en autos nº 138/2009 debiendo REVOCAR PARCIALMENTE la misma en el sentido de dejar sin efecto la extinción del condominio sobre la finca objeto de autos así como la procedencia de la acción de división de la cosa común ejercitada por el actor, todo ello sin expreso pronunciamiento respecto de las costas procesales causadas en esta alzada.

Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Fallo

QUE DEBEMOS ESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por Dª. Adelaida contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 3 de El Vendrell el día 8 de octubre de 2007 en autos nº 138/2009 debiendo REVOCAR PARCIALMENTE la misma en el sentido de dejar sin efecto la extinción del condominio sobre la finca objeto de autos así como la procedencia de la acción de división de la cosa común ejercitada por el actor, todo ello sin expreso pronunciamiento respecto de las costas procesales causadas en esta alzada.

Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

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