Última revisión
Sentencia Civil Nº 32/2007, Audiencia Provincial de Granada, Sección 5, Rec 688/2006 de 26 de Enero de 2007
Texto
Orden: Civil
Fecha: 26 de Enero de 2007
Tribunal: AP - Granada
Ponente: MALDONADO MARTINEZ, JOSE
Nº de sentencia: 32/2007
Núm. Cendoj: 18087370052007100023
Núm. Ecli: ES:APGR:2007:204
Resumen
Se desestima el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Granada, sobre desahucio.La novación extintiva es de interpretación restrictiva por lo que nunca se presume, debiendo constar de modo inequívoco la voluntad de novar. En el caso de autos, el Juzgador ha llegado a la conclusión de que no hubo novación extintiva en ninguno de los dos contratos suscritos por el arrendatario con el anterior propietario del inmueble. Sobre el segundo de ellos la apelante sostiene que, al alterarse aspectos fundamentales como el objeto del arriendo y el precio, se produjo la novación extintiva. Sin embargo la Sala considera que el Juzgador no ha hecho una interpretación absurda o ilegal de la voluntad de las partes al firmar ese último contrato, dado que las condiciones personales del arrendatario no conducen a considerar que la firma de ese nuevo contrato suponía la perdida de los derechos arrendaticios que ostentaba. Por ello, al conservar el derecho de prorroga forzosa el demandado, no se produce la extinción invocada, debiendo confirmarse la sentencia impugnada.
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCIÓN QUINTA
ROLLO Nº 688/06 - AUTOS Nº 1064/05
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 11 DE GRANADA
ASUNTO: JUICIO VERBAL
PONENTE SR. MALDONADO MARTÍNEZ
S …
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