Sentencia Civil Nº 33/2007, Juzgados de lo Mercantil - Oviedo, Sección 1, Rec 23... 05 de Marzo de 2007
Sentencia Civil Nº 33/200...zo de 2007

Última revisión
05/03/2007

Sentencia Civil Nº 33/2007, Juzgados de lo Mercantil - Oviedo, Sección 1, Rec 238/2006 de 05 de Marzo de 2007

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Orden: Civil

Fecha: 05 de Marzo de 2007

Tribunal: Juzgados de lo Mercantil - Oviedo

Ponente: MARQUEZ JIMENEZ, MARIA DEL CARMEN

Nº de sentencia: 33/2007

Nº de recurso: 238/2006

Núm. Cendoj: 33044470012007100140

Núm. Ecli: ES:JMO:2007:574

Resumen
Se estima demanda interpuesta ante el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Oviedo, sobre incidente concursal. Se determina que la declaración de concurso, por sí sola, no afecta a la vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento tanto a cargo del concursado como de la otra parte. Las prestaciones a que esté obligado el concursado se han de realizar con cargo a la masa. Al no constar que por parte de la administración concursal se hubiera procedido a la resolución de la póliza de crédito del concursado, ni que se solicitara del Banco que los cobros y pagos que tuvieran lugar tras la declaración de concurso se efectuaran a través de la cuenta corriente que la concursada tenía con el mismo banco, la misma siguió en vigor produciendo efectos hasta su cierre. De este modo, el crédito que el Banco ostenta no puede considerarse como ordinario y en la cuantía que aparecía a la fecha de la declaración del concurso, sino contra la masa y por el importe que tenía a la fecha del cierre.

Voces

Administración concursal

Declaración de concurso

Acto de disposición

Obligaciones recíprocas

Informe de la administración concursal

Relación jurídica

Crédito contra la masa

Contrato de cuenta corriente

Documentos aportados

Fecha de la declaración de concurso

Crédito abierto

Deber jurídico

Acto jurídico

Resolución de los contratos

Vigencia del contrato

Incumplimiento del contrato

Incidente concursal

Cuentas bancarias

Cuenta corriente