Sentencia Civil Nº 336/20...yo de 2009

Última revisión
25/05/2009

Sentencia Civil Nº 336/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 280/2009 de 25 de Mayo de 2009

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Orden: Civil

Fecha: 25 de Mayo de 2009

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: NEIRA VAZQUEZ, CARMEN

Nº de sentencia: 336/2009


Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22

MADRID

SENTENCIA: 00336/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 22

C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)

Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210

N.I.G. 28000 1 7002865 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 280 /2009

Proc. Origen: MODIFICACION MEDIDAS 186 /2008

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de FUENLABRADA

De:

Procurador:

Contra:

Procurador:

SENTENCIA

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilma. Sra. Doña Carmen Neira Vázquez

En Madrid, a veinticinco de mayo de dos mil nueve.

La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas definitivas seguidos, bajo el nº 186/08 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Fuenlabrada, entre partes:

De una, como apelante-apelada-demandada Doña Lina , representada por la Procuradora Doña Cristina Herguedas Pastor.

De la otra, como apelado-apelante-demandante Don Alfredo , representado por la Procuradora Doña María de Villanueva Ferrer.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Carmen Neira Vázquez.

Antecedentes

PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO.- Con fecha 8 de octubre de 2008 por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Fuenlabrada se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que en relación a la demanda formulada por la representación procesal de don Alfredo contra doña Lina , debo declarar y declaro extinguido el derecho a la pensión de alimentos fijada en su día a favor de la hija común, Tatiana , declarando así mismo que régimen actual de uso y disfrute de la vivienda familiar estará vigente hasta la liquidación de la sociedad de gananciales. Sin formular expresa imposición de costas.

Dedúzcase testimonio de esta resolución para su unión a los autos, guardando el original e el Libro de Autos y Sentencias definitivas de este Juzgado."

TERCERO.- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación legal de ambas partes previos los trámites oportunos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que han comparecido ambas partes, sustanciándose los recursos por sus cauces legales y quedando los autos listos para deliberación, votación y fallo.

CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22

MADRID

SENTENCIA: 00336/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 22

C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)

Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210

N.I.G. 28000 1 7002865 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 280 /2009

Proc. Origen: MODIFICACION MEDIDAS 186 /2008

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de FUENLABRADA

De:

Procurador:

Contra:

Procurador:

SENTENCIA

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilma. Sra. Doña Carmen Neira Vázquez

En Madrid, a veinticinco de mayo de dos mil nueve.

La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas definitivas seguidos, bajo el nº 186/08 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Fuenlabrada, entre partes:

De una, como apelante-apelada-demandada Doña Lina , representada por la Procuradora Doña Cristina Herguedas Pastor.

De la otra, como apelado-apelante-demandante Don Alfredo , representado por la Procuradora Doña María de Villanueva Ferrer.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Carmen Neira Vázquez.

PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO.- Con fecha 8 de octubre de 2008 por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Fuenlabrada se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que en relación a la demanda formulada por la representación procesal de don Alfredo contra doña Lina , debo declarar y declaro extinguido el derecho a la pensión de alimentos fijada en su día a favor de la hija común, Tatiana , declarando así mismo que régimen actual de uso y disfrute de la vivienda familiar estará vigente hasta la liquidación de la sociedad de gananciales. Sin formular expresa imposición de costas.

Dedúzcase testimonio de esta resolución para su unión a los autos, guardando el original e el Libro de Autos y Sentencias definitivas de este Juzgado."

TERCERO.- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación legal de ambas partes previos los trámites oportunos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que han comparecido ambas partes, sustanciándose los recursos por sus cauces legales y quedando los autos listos para deliberación, votación y fallo.

CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Que estimando parcialmente el recurso de apelación formulado por Don Alfredo y desestimando el recurso planteado por Doña Lina contra la Sentencia dictada en fecha 8 de octubre de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Fuenlabrada , en autos de modificación de medidas definitivas seguidos, bajo el nº 186/08, entre dichos litigante, debemos revocar y revocamos parcialmente la resolución impugnada, en el sentido de dejar sin efecto la atribución de la vivienda a la esposa, disponiendo que se atribuye la administración del inmueble a cada uno de los esposos por períodos alternativos de seis meses, comenzando el primero de ellos - a contar desde la notificación de esta resolución - por la esposa.

No se hace especial pronunciamiento de las costas procesales causadas en la presente alzada.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al rollo de la Sala y será notificada a las partes en legal forma, con sujeción a lo prevenido en el artículo 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

E/

PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha, fue leída y publicada la

sentencia por la Ilma. Magistrada Ponente Doña Carmen Neira Vázquez; doy fe.

Fallo

Que estimando parcialmente el recurso de apelación formulado por Don Alfredo y desestimando el recurso planteado por Doña Lina contra la Sentencia dictada en fecha 8 de octubre de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Fuenlabrada , en autos de modificación de medidas definitivas seguidos, bajo el nº 186/08, entre dichos litigante, debemos revocar y revocamos parcialmente la resolución impugnada, en el sentido de dejar sin efecto la atribución de la vivienda a la esposa, disponiendo que se atribuye la administración del inmueble a cada uno de los esposos por períodos alternativos de seis meses, comenzando el primero de ellos - a contar desde la notificación de esta resolución - por la esposa.

No se hace especial pronunciamiento de las costas procesales causadas en la presente alzada.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al rollo de la Sala y será notificada a las partes en legal forma, con sujeción a lo prevenido en el artículo 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

E/

PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha, fue leída y publicada la

sentencia por la Ilma. Magistrada Ponente Doña Carmen Neira Vázquez; doy fe.

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