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Sentencia Civil Nº 344, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 214 de 21 de Junio de 2000
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 21 de Junio de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: PEREZ QUINTELA, CESAR AUGUSTO
Nº de sentencia: 344
Resumen
En la tramitación del presente recurso se han cumplido
las prescripciones legales. c) Que el propio demandado, en confesión judicial
(posición 2ª), reconoce que la calle Peregrina goza de la condición de
principal y preferente respecto de la calle Mariscal Pardo de Cela. La parte
demandada ofrece una versión de los hechos que, aunque posible, es menos
verosímil que la de la parte actora. Sin embargo, la precisa localización de
los daños sufridos por los dos vehículos implicados en el accidente (parte anterior
derecha de ambulancia y parte anterior izquierda del Mercedes) avala más bien
la afirmación de que los móviles colacionaron en el preciso momento en que el
conductor del Mercedes pretendía incorporarse a la calle Peregrina.El carácter
principal de la calle Peregrina respecto de la calle Mariscal Pardo de Cela es
evidente, sirviendo esta última de acceso a la primera, a juzgar por los
informes de la Policía Local.Las costas procesales de la primera instancia se
imponen a los demandados, y no se hace declaración alguna respecto a las del
recurso.
Voces
Sociedad de responsabilidad limitada
Accidente
Rebeldía
Confesión judicial
Fachadas
Asegurador
Compañía aseguradora
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00214/2000
Rollo: JUICIO VERBAL 344 /1998
SENTENCIA N° 214/2000
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